Ley 25579
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
BIENES DE INTERES HISTORICO
ARBOL HISTORICO "TALA DE ESQUIU"
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Fecha: 07-05-2002
- Número:
- Boletín Oficial número: 29892
- Página:
- 2
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Conforme a lo dispuesto por las leyes 12.665 y 24.252 declárase bien de interés histórico (árbol histórico) al Tala de Esquiú, ejemplar de tala que, según la tradición dio sombra a Fray Mamerto Esquiú, obispo de Córdoba en su predicación evangélica en la histórica Villa del Valle del Tulumba.
ARTICULO 2º — El referido árbol se encuentra ubicado en la plaza principal Granadero Márquez de la Villa del Valle de Tulumba a un costado de la iglesia parroquial, en la provincia de Córdoba.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOS.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.579 —
EDUARDO O CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS. — Eduardo R. Rollano. — Juan C. Oyarzún.