Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


MONUMENTOS NATURALES

Ley 25.463

Declárase monumento natural a la Panthera onca conocida como yaguareté, yaguar, tigre overo u onca pintada.

Sancionada: Agosto 15 de 2001.

Promulgada: Septiembre 7 de 2001.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declarar monumento natural sujeto a las normas establecidas por la ley 22.351, a la Panthera onca (Linneo, 1758) (=Leo onca Linneo, 1758) conocido como yaguareté, yaguar, tigre overo u onca pintada.

ARTICULO 2º — Encomendar a la Administración de Parques Nacionales compatibilizar con la Dirección Nacional de Fauna y Flora Silvestres o el organismo que corresponda, el plan de manejo para la especie en las áreas bajo su jurisdicción, ajustándolo a la política faunística nacional.

ARTICULO 3º — Invitar a los organismos provinciales competentes a adoptar y coordinar con los organismos nacionales planes de manejo y protección en los territorios sometidos a su jurisdicción.

ARTICULO 4º — La Autoridad de Aplicación garantizará la planificación y ejecución de medidas de prevención en los casos en que algún ejemplar se constituya en circunstancialmente perjudicial para el hombre y/o sus actividades productivas.

ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL UNO.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 25.463 —

RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

Scroll hacia arriba