Presidencia de la Nación

Ley 25146

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


MONUMENTOS

JUAN PABLO II

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
1

Ley 25.146

Dispónese erigir el monumento del Sumo Pontífice Juan Pablo II donado por la comunidad polaca a la República Argentina.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Sin perjuicio de lo dispuesto por el decreto ley 5158/55, y con carácter de excepción, dispónese erigir el monumento de bronce del Sumo Pontífice Juan Pablo II, donado por la Comunidad Polaca a la República Argentina, en el lugar que determinará el Poder Ejecutivo nacional.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.146 —

ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Juan Oyarzún.

Scroll hacia arriba