Ley 25085
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
AFECTASE UN PORCENTAJE DE LA RECAUDACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 29139
- Página:
- 1
Ley 25.085
Aféctase un porcentaje del importe de la recaudación de la Ley Nº 24.977, cuya percepción efectúa la Administración Federal de Ingresos Públicos, con destino a atender las erogaciones resultantes de su administración.
El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.,
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Aféctase un dos y medio por ciento (2,5%) del importe de la recaudación de la Ley 24.977 cuya percepción efectúa la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos con destino a atender las erogaciones resultantes de su administración.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
—REGISTRADA BAJO EL Nº 25.085—
ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUC-KAUF. — Esther H. Pereyra Arandía Pérez Pardo. — Juan Carlos Oyarzun.