Ley 25058
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
CASA NATAL DE HOMERO MANZI
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 29059
- Página:
- 1
Ley 25.058
Declárase lugar histórico nacional, la casa natal del poeta Homero Manzi, sita en el Departamento General Taboada, de la provincia de Santiago del Estero.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Declárase lugar histórico nacional, la casa natal del poeta Homero MANZI, sita en lote 6°, de la 1° reserva de la estancia de Añatuya, Departamento General Taboada, de la provincia de Santiago del Estero, MFR 27-3193, con superficie de una hectárea.
ARTICULO 2° — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, convendrá con el respectivo organismo provincial los aspectos relativos a la conservación de la referida finca.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
—REGISTRADA BAJO EL N° 25.058—
ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Mario L. Pontaquarto.