Ley 24957
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
CONDONACION DE DEUDAS
PRORROGA LEY N° 24437
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 28906
- Página:
- 1
Ley 24.957
Prorróganse las disposiciones de la Ley N° 24.437 para los ejercicios 1995, 1996 y para los devengamientos correspondientes al ejercicio 1997.
B:O: 28/05/98
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º-Prorróganse para los ejercicios 1995, 1996 las disposiciones de la Ley 24.437, las que serán igualmente de aplicación para los devengamientos correspondientes al ejercicio 1997.
ARTICULO 2°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.957-
MARCELO E. LOPEZ ARIAS. -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.