Presidencia de la Nación

Ley 24957

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


CONDONACION DE DEUDAS

PRORROGA LEY N° 24437

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
1

Ley 24.957

Prorróganse las disposiciones de la Ley N° 24.437 para los ejercicios 1995, 1996 y para los devengamientos correspondientes al ejercicio 1997.

B:O: 28/05/98

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Prorróganse para los ejercicios 1995, 1996 las disposiciones de la Ley 24.437, las que serán igualmente de aplicación para los devengamientos correspondientes al ejercicio 1997.

ARTICULO 2°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.957-

MARCELO E. LOPEZ ARIAS. -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

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