SERVICIOS DE COBERTURA MEDICA
NUEVOS BENEFICIARIOS - OTORGAMIENTO -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Dic-1996
Resumen:
OTORGASE EL DERECHO DE HACER USO DE LOS SERVICIOS DEL SISTEMA DE COBERTURA MEDICA, A TODA PERSONA CON BENEFICIO ACORDADO POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, CONFORME AL REGIMEN DE LAS LEYES 13.478 (PENSIONES A LA VEJEZ POR INVALIDEZ), 23.746 (PENSION A MADRES DE SIETE HIJOS), 23.109 (BENEFICIO A EX-SOLDADOS COMBATIENTES DE MALVINA) Y 23.466 (PENSION PARA MENORES DE 21 AÑOS DE PROGENITORES DESAPARECIDOS) A PARTIR DEL RECONOCIMIENTO DE SU DERECHO AL BENEFICIO.-