Ley 23599
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
JUSTICIA MILITAR
CODIGO DE JUSTICIA MILITAR - MODIFICACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 26479
- Página:
- 1
Texto original de la norma
CODIGO DE JUSTICIA MILITAR
Ley N° 23.599
Su modificación.
Artículo 1° — Modifícanse los artículos 259, 264 y 265 del Código de Justicia Militar en la siguiente forma:
1. Suprímese la segunda parte del primer párrafo y las mujeres de vida públicamente honesta del inciso 1°, artículo 259.
2. Suprímese el inciso 2°, “cuando sea mujer”, del artículo 264. El Inciso 3° pasa a ser inciso 2°.
3. Suprímese el segundo párrafo 'en el segundo, elegirá la interesada (o ella o su esposo, si fuera casada) el acompañante, pudiendo éste ser rechazado por el instructor' del artículo 265. Sustitúyese “tercer caso” por “segundo caso”.
Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — JUAN C. PUGLIESE. — VICTOR H. MARTINEZ. — Carlos A. Bravo. — Antonio J. Macris.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.
Ley N° 23.599
Su modificación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
Artículo 1° — Modifícanse los artículos 259, 264 y 265 del Código de Justicia Militar en la siguiente forma:
1. Suprímese la segunda parte del primer párrafo y las mujeres de vida públicamente honesta del inciso 1°, artículo 259.
2. Suprímese el inciso 2°, “cuando sea mujer”, del artículo 264. El Inciso 3° pasa a ser inciso 2°.
3. Suprímese el segundo párrafo 'en el segundo, elegirá la interesada (o ella o su esposo, si fuera casada) el acompañante, pudiendo éste ser rechazado por el instructor' del artículo 265. Sustitúyese “tercer caso” por “segundo caso”.
Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — JUAN C. PUGLIESE. — VICTOR H. MARTINEZ. — Carlos A. Bravo. — Antonio J. Macris.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.