Presidencia de la Nación

Ley 23229

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


DIPUTADOS

FECHA UNICA PARA RENOVAR DIPUTADOS NACIONALES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 23-Sep-1985
Resumen:

EL PODER EJRCUTIVO NACIONAL FIJARA UNA FECHA UNICA PARA LA REALIZACION SIMULTANEA PARA LA RENOVACION PARCIAL DE LOS DIPUTADOS NACIONALES.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 7 DE LA LEY 23952, B.O. 12/07/1991, PAGINA 1.

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