Presidencia de la Nación

Ley 22847

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


REPRESENTACION DE DIPUTADOS NACIONALES

COMICIOS GENERALES PARA LA ELECCION DE AUTORIDADES DE LA NACION, ETC.

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 14-Jul-1983
Resumen:

CONVOCASE PARA EL DIA 30 DE OCTUBRE DE 1983 A COMICIOS GENERALES PARA LA ELECCION DE LAS AUTORIDADES DE: LA NACION, LAS PROVINCIAS Y SUS MUNICIPIOS, LA CAPITAL FEDERAL Y EL TERRITORIO DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD. LA ELECCION DE DIPUTADOS NACIONALES, DE ELECTORES DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA NACION, DE ELECTORES DE SENADORES, DE CONCEJALES Y CONSEJEROS VECINALES POR LA CAPITAL FEDERAL Y LA DE LOS MIEMBROS DE LA LEGISLATURA Y AUTORIDADES MUNICIPALES DEL TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD, SE AJUSTARA A LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº 22.838. EL NUMERO DE DIPUTADOS NACIONALES A ELEGIR SERA DE UNO POR CADA 161.000 HABITANTES O FRACCION NO MENOR DE 80.500. A DICHA REPRESENTACION SE AGREGARA, POR CADA DISTRITO, LA CANTIDAD DE TRES (3) DIPUTADOS, NO PUDIENDO EN NINGUN CASO SER MENOR DE CINCO (5) DIPUTADOS NI INFERIOR A LA QUE CADA DISTRITO TENIA AL 23 DE MARZO DE 1976. EL TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD, ELEGIRA DOS (2) DIPUTADOS.

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