TRANSPORTE MARITIMO
PRODUCTOS IMPORTADOS - BUQUES DE BANDERA NACIONAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Jun-1969
Resumen:
TRANSPORTE DE PRODUCTOS IMPORTADOS EN BUQUES DE BANDERA NACIONAL.
Observaciones:
VER ART 27 DE 2284/91 (B.O. 1-4-91) POR ARTICULO 2 DECRETO 2701/79 LA AUTORIDAD DE APLICACION DE LA LEY, SERA LA ENCARGADA DE ESTABLECER LA PROCEDENCIA DE LAS EXCEPCIONES DISPUESTAS POR ESTE DECRETO (B.O. 29-10-79)