Presidencia de la Nación

Ley 18073

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


PLAGUICIDAS

SU PROHIBICION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 27-Mar-1969
Resumen:

PROHIBANSE CIERTAS SUSTANCIAS EN EL TRATAMIENTO DE PRADERAS NATURALES O ARTIFICIALES Y EN ESPECIES BOVINA, OVINA, PORCINA Y EQUINA.

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