Presidencia de la Nación

Ley 16916

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


SECRETARIA DE ESTADO DE GUERRA

RETIRO EFECTIVO OBLIGATORIO

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Fecha: 03-10-2006
Página:
1

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA

CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Declárase en situación de retiro efectivo obligatorio, al señor General de División D. Carlos Augusto CARO.

ARTICULO 2º — La Secretaría de Estado de Guerra (Dirección General del Personal) procederá a regular los haberes correspondientes de acuerdo con las disposiciones vigentes.

ARTICULO 3º — Cúmplase, publíquese en síntesis en Boletín Reservado de la Secretaría de Guerra y vuelva al Ministerio de Defensa Nacional (Secretaría de Estado de Guerra - Dirección General del Personal), para su archivo en el legajo personal del mencionado Oficial Superior.

Firmas

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