Presidencia de la Nación

Ley 13211

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD

CONSTITUCION

Sanción:
Publicada en el Boletín Oficial:
Página:
1
CONVENIOS INTERNACIONALES

Ley N° 13.211

Buenos Aires, 12 de Julio de 1948.

POR CUANTO:

El SENADO Y Cámara de diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:

ARTICULO 1° - Apruébase la constitución de la Organización Mundial de la Salud y el protocolo concerniente a la Oficina Internacional de Higiene pública, documentos firmados en Nueva York por los delegados argentinos, el 22 de Julio de 1946.

ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de Junio del año mil novecientos cuarenta y ocho.

J.H. QUIJANO H.J. CAMPORA
Alberto J. Reales L. Zavalla Carbó

-Registrada bajo el N° 13.211-
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