MINISTERIO DE HACIENDA
LEY N° 11.188
Declarando En vigencia para el corriente año el presupuesto de 1921.
Buenos Aires, Septiembre 30 de 1922.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de
LEY:
Artículo1o. Declárase en vigencia para el ejercicio económico del corriente año, las leyes impositivas que rigieron durante el año 1921 y las leyes Nos. 11.027 y 11.178 de presupuesto general.
Art. 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en
| Leopoldo Melo Adolfo Labougle | R. Pereyra Rozas Carlos G. Bonorino |
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación; comuníquese e insértese en el Registro Nacional y archívese.
Téngase por Ley de la Nación; comuníquese e insértese en el Registro Nacional y archívese.
IRIGOYEN
D. E. Salaberry.
D. E. Salaberry.