Ley 10388
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
HIDROCARBUROS
CODIGO DE MINERIA - INCLUYANSE SUBSTANCIAS EN SU ARTICULO 3°
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 7348
- Página:
- 26
Texto original de la norma
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Ley N° 10.388
Incluyendo el wolfram y la mica entre las substancias de primera categoría.
Ley N° 10.388
Incluyendo el wolfram y la mica entre las substancias de primera categoría.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1° Decláranse incluidos el wolfram y la mica entre las substancias de primera categoría comprendidas en el artículo 3° del Código de Minería.
Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a diez y seis de Julio de mil novecientos diez y ocho.
Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a diez y seis de Julio de mil novecientos diez y ocho.
BENITO VILLANUEVA FERNANDO SAGUIER
B. Ocampo Carlos G. Bonorino
B. Ocampo Carlos G. Bonorino