Normativa
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 08/08 del Grupo Mercado Común.
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marco de la situación prevista en el inciso 1 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marco de la situación prevista en el inciso 1 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil, para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 7208.51.00 --De espesor superior a 10 mm
Nota Referencial: Destaque 6 – “Plancha gruesa de acero a carbono para producción de tubos conforme norma Ansi/API 5L nivel PSL2 44a con las siguientes especificaciones: -API X70M o X80M, con resistencia mecánica mínima de 485MPa para grado X70M y 555MPa para grado X80M, con ancho entre 1659mm y 1685mm, espesor entre 20,60mm y 28,58mm y de largo de 12250mm, con laminación termomecánica controlada con enfriamiento acelerado”.
Cantidad: 4.000 toneladas
Plazo: hasta 31/12/2011
Alícuota: 2%
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 09/X/2011.
NCM 7208.51.00 --De espesor superior a 10 mm
Nota Referencial: Destaque 6 – “Plancha gruesa de acero a carbono para producción de tubos conforme norma Ansi/API 5L nivel PSL2 44a con las siguientes especificaciones: -API X70M o X80M, con resistencia mecánica mínima de 485MPa para grado X70M y 555MPa para grado X80M, con ancho entre 1659mm y 1685mm, espesor entre 20,60mm y 28,58mm y de largo de 12250mm, con laminación termomecánica controlada con enfriamiento acelerado”.
Cantidad: 4.000 toneladas
Plazo: hasta 31/12/2011
Alícuota: 2%
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 09/X/2011.
CXXI CCM - Montevideo, 09/VIII/11.