ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
DECRETO 896/01 - COMPLEMENTARIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Jul-2001
Resumen:
ESTABLECESE QUE LA REDUCCION QUE RESULTE DE LA APLICACION DEL ART. 34 DE LA LEY NRO. 24156, SEGUN DECRETO NRO. 896/01, EN LOS HABERES DE LAS PRESTACIONES PREVISIONALES Y POR DESEMPLEO, CUYOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS SE ENCUENTRAN ASIGNADOS A LA ANSES, SERA COMPENSADA CON EL PAGO DE UNA SUMA MENSUAL EQUIVALENTE A DICHA REDUCCION, O A LA CIFRA QUE SEA NECESARIA PARA ALCANZAR UN HABER DE QUINIENTOS PESOS, LA QUE SEA MENOR.-