PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
LEY 25.827 ART. 28
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Jul-2004
Resumen:
FACULTASE AL SEÑOR JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, CON INTERVENCION DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, A AMPLIAR EL LIMITE ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 28 DE LA LEY Nº25.827 EN DETERMINADOS CASOS.