Decreto 902 / 2016
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
REGIMEN DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DEL AUTOPARTISMO ARGENTINO - BENEFICIOS E INCENTIVOS
LEY N° 27263 - SU PROMULGACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 33430
- Página:
- 8
Texto original de la norma
Bs. As., 29/07/2016
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.263 (IF-2016-00393494-APN-MP), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 13 de julio de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese a los Ministerios de Producción y de Hacienda y Finanzas Públicas. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Francisco A. Cabrera.
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.263 (IF-2016-00393494-APN-MP), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 13 de julio de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese a los Ministerios de Producción y de Hacienda y Finanzas Públicas. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Francisco A. Cabrera.