Decreto S 858 / 1985
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 1985
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32689
- Página:
- 4
Texto original de la norma
Bs. As., 13/5/1985
VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1984, aprobado por la Ley Nº 23.110, distribuido por el Decreto Nº 3574 de fecha 6 de noviembre de 1984 y sus modificatorios, prorrogado para el ejercicio 1985 conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Contabilidad, y atento a lo establecido por los artículos 9º y 10 de la Ley citada en primer término, y
CONSIDERANDO:
Que el resultado de la ejecución presupuestaria de la prórroga para 1985 correspondiente a la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programas 001 - Conducción Nacional, 030 - Coordinación, 050 - Boletín Oficial y Obras de Divulgación y el Organismo Descentralizado 194 - Instituto Nacional de la Administración Pública permite comprobar la insuficiencia de los créditos para hacer frente a las erogaciones originadas por nuevos requerimientos.
Que con el objeto de mantener la dinámica de los servicios, es menester reforzar las partidas pertinentes de los citados Programas presupuestarios y del aludido Organismo afectando, a esos fines, las disponibilidades obrantes en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1985, prórroga del correspondiente a 1984, en función de lo establecido por el artículo 13 de la Ley de Contabilidad, de acuerdo con el siguiente resumen y el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Modifícase para el ejercicio 1985 el Cálculo de Recursos correspondiente a la Cuenta Especial 536 - Dirección Nacional del Registro Oficial - Trabajos por Cuenta de Terceros, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.
Art. 3° — Modifícase para el ejercicio 1985 el Financiamiento por Contribuciones de las Cuentas Especiales 408 - Presidencia de la Nación - Cumplimiento Ley Nº 18.302 “S”, 797 - Red Radioeléctrica de la Presidencia de la Nación y Gobernaciones de Provincias y del Organismo Descentralizado 194 - Instituto Nacional de la Administración Pública, conforme al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 4° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFONSIN.
______
NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1984, aprobado por la Ley Nº 23.110, distribuido por el Decreto Nº 3574 de fecha 6 de noviembre de 1984 y sus modificatorios, prorrogado para el ejercicio 1985 conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Contabilidad, y atento a lo establecido por los artículos 9º y 10 de la Ley citada en primer término, y
CONSIDERANDO:
Que el resultado de la ejecución presupuestaria de la prórroga para 1985 correspondiente a la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programas 001 - Conducción Nacional, 030 - Coordinación, 050 - Boletín Oficial y Obras de Divulgación y el Organismo Descentralizado 194 - Instituto Nacional de la Administración Pública permite comprobar la insuficiencia de los créditos para hacer frente a las erogaciones originadas por nuevos requerimientos.
Que con el objeto de mantener la dinámica de los servicios, es menester reforzar las partidas pertinentes de los citados Programas presupuestarios y del aludido Organismo afectando, a esos fines, las disponibilidades obrantes en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1985, prórroga del correspondiente a 1984, en función de lo establecido por el artículo 13 de la Ley de Contabilidad, de acuerdo con el siguiente resumen y el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Modifícase para el ejercicio 1985 el Cálculo de Recursos correspondiente a la Cuenta Especial 536 - Dirección Nacional del Registro Oficial - Trabajos por Cuenta de Terceros, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.
Art. 3° — Modifícase para el ejercicio 1985 el Financiamiento por Contribuciones de las Cuentas Especiales 408 - Presidencia de la Nación - Cumplimiento Ley Nº 18.302 “S”, 797 - Red Radioeléctrica de la Presidencia de la Nación y Gobernaciones de Provincias y del Organismo Descentralizado 194 - Instituto Nacional de la Administración Pública, conforme al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 4° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFONSIN.
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NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).