FERIADOS NACIONALES 2022
DISPOSICIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Nov-2021
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS FERIADOS NACIONALES TRASLADABLES PREVISTOS POR EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.399 PERMANECERAN EN LA FECHA DESIGNADA POR DICHO PRECEPTO EN AQUELLOS AÑOS EN LOS CUALES LA APLICACION DEL ARTICULO 6° DE LA CITADA NORMA REDUNDE EN UNA SUPERPOSICION CON UN FERIADO NACIONAL INAMOVIBLE.