Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


CAUSA A.M.I.A.

Decreto 395/2015

Desclasificación de documentación.

Bs. As., 12/3/2015

VISTO el Oficio de la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A. de fecha 10 de marzo de 2015 recibido el 11 de marzo de 2015, en relación a la Causa N° 8.566 en la que se investiga el atentado ocurrido el día 18 de julio de 1994 contra la sede de la A.M.I.A., suscripto por los titulares de la citada Unidad Fiscal de Investigación, Dres. Roberto Javier SALUM, Sabrina NAMER y Patricio SABADINI, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido Oficio los Fiscales solicitan que se proceda “conforme lo previsto por el Artículo 16 ter de la ley 25.520 a desclasificar la totalidad de la documentación que oportunamente fue objeto de consulta en el marco de la Unidad de Relevación de Información, la cual fue remitida —“en custodia”— a esta Unidad mediante la Resolución SI “R” N° 119/05, código de seguridad N° 538. Ello a fin de garantizar el pleno acceso de las partes a dicha documental”.

Que a través del referido Oficio también se requiere “que se informe si, tanto en los archivos de la ex Secretaría de Inteligencia de Estado como en los de la ex Secretaría de Inteligencia —actualmente en poder de la Agencia Federal de Inteligencia (art. 24 de la ley 27.126)—, obra documentación adicional a la que oportunamente fue seleccionada en el ámbito de la Unidad de Relevación de Información y, en su caso, se proceda a su desclasificación y posterior remisión a ésta Unidad.-”

Que la referida Unidad Fiscal requiere que: “teniendo en cuenta que desde la remisión del material aludido han transcurrido diez años, le solicitamos que, en caso de que en el ámbito de la entonces Secretaría de Inteligencia dependiente de la Presidencia de la Nación se hubiera incorporado nueva documentación, informe o archivo que no hayan sido aportados oportunamente a la causa y que pudiera resultar de interés para esta investigación, se proceda a su desclasificación y posterior remisión a esta sede”.

Que corresponde acceder a lo peticionado.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a lo dispuesto por el artículo 16 ter de la Ley N° 25.520 y su modificatoria.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Conforme solicita la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A. en el Oficio de fecha 10 de marzo de 2015 recibido el 11 de marzo de 2015, en relación a la Causa N° 8.566, suscripto por los titulares de la citada Unidad Fiscal de Investigación, Dres. Roberto Javier Salum, Sabrina Namer y Patricio Sabadini, DISPÓNESE la desclasificación de la totalidad de la documentación que fuera remitida en custodia a la referida Unidad Fiscal mediante Resolución de la ex SECRETARÍA DE INTELIGENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN “R” N° 119/05, Código de Seguridad N° 538.

Art. 2° — Conforme solicita la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A. en el Oficio de fecha 10 de marzo de 2015 recibido el 11 de marzo de 2015, en relación a la Causa N° 8.566, suscripto por los titulares de la citada Unidad Fiscal de Investigación, Dres. Roberto Javier Salum, Sabrina Namer y Patricio Sabadini, DISPÓNESE la desclasificación de la documentación adicional a la que oportunamente fuera seleccionada en el ámbito de la Unidad de Relevación de Información de la ex SECRETARÍA DE INTELIGENCIA tanto en los archivos de la ex Secretaría de Inteligencia de Estado como en los de la ex Secretaría de Inteligencia —actualmente en poder de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA—.

Art. 3° — Conforme solicita la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A. en el Oficio de fecha 10 de marzo de 2015 recibido el 11 de marzo de 2015, en relación a la Causa N° 8.566, suscripto por los titulares de la citada Unidad Fiscal de Investigación, Dres. Roberto Javier Salum, Sabrina Namer y Patricio Sabadini, DISPÓNESE la desclasificación de toda otra nueva documentación, informe o archivo que no hubieran sido aportados oportunamente a la Causa y que pudieran resultar de interés para la investigación, que obren en poder de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN relacionada con el atentado ocurrido el día 18 de julio de 1994, en el marco de la Causa N° 8.566.

Art. 4° — Instrúyese a la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que remita a la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A., de existir, la documentación adicional a la que oportunamente fuera seleccionada en el ámbito de la Unidad de Relevación de Información de la ex SECRETARÍA DE INTELIGENCIA, desclasificada conforme dispone el artículo 2° del presente.

Art. 5° — Instrúyese a la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a remitir a la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIÓN DEL ATENTADO CONTRA LA SEDE DE LA A.M.I.A. toda otra nueva documentación, informe o archivo que no hubieran sido aportados oportunamente a la Causa y que pudieran resultar de interés para la investigación, desclasificada por el artículo 3° del presente.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.
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