Decreto 369 / 1998
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
RADIODIFUSION
AUDITAS S.A.
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 28874
- Página:
- 3
Decreto 369/98
Ratifícase la Resolución del Comité Federal de Radiodifusión N° 46/97, que modificó la frecuencia asignada para la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia a la sociedad "Auditas Sociedad Anónima" (e.f.) y autorizó a la citada firma a comenzar las emisiones regulares del servicio mencionado.
Bs. As., 3/4/98
B.O : 8/4/98
VISTO el Expediente del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION N° 383/94, el Decreto N° 1144/94 y la Resolución N° 0046-COMFER/97, y
CONSIDERANDO:
Que la resolución citada en el Visto modificó la frecuencia 91.7 Mhz asignada para la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, a la sociedad "AUDITAS SOCIEDAD ANONIMA" (e.f.) -hoy VOTIONIS SOCIEDAD ANONIMA-, por la 98.3 Mhz, en el Canal 252, Categoría A, PRE= 100 y HMA= 150 metros, coordinadas a nivel internacional.
Que, al propio tiempo, la citada resolución autorizó a la firma AUDITAS SOCIEDAD ANONIMA (en formación)-hoy VOTIONIS SOCIEDAD ANONIMA-a comenzar las emisiones regulares del servicio mencionado en el considerando precedente.
Que el artículo 27 de la Ley N° 22.285 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION y previa intervención de la ex Secretaria de Estado de Comunicaciones, hoy Comisión Nacional de Comunicaciones, a variar las frecuencias y las potencias adjudicadas a los servicios de radiodifusión.
Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 19 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, deviene necesario ratificar, en su totalidad, la Resolución N° 0046-COMFER/97.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 99. inc, 1° de la Constitución Nacional y por la Ley N° 22.285.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° - Ratifícase la Resolución N° 0046-COMFER/97, de fecha 28 de febrero de 1997, cuya copia autentica, como Anexo I forma parte integrante del presente.
Art. 2°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM. - Carlos V. Corach.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo 1. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).