Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


PRIVATIZACIONES

Decreto 2222/94

Establécese que el Tesoro Nacional se hará cargo de los pasivos y obligaciones del Area de Material Córdoba anteriores al efectivo traspaso de la misma.

Bs. As., 15/12/94

VISTO las Leyes Nº 23.696 y 24.045, los Decretos Nº 1105 del 20 de octubre de 1989 y 899 de fecha 8 de mayo de 1991 y el Expediente Nº 19.371/94 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.045 ratificó la declaración de 'Sujeta a Privatización' de la Hacienda Productiva AREA DE MATERIAL CORDOBA, efectuada mediante el Decreto Nº 899/91.

Que en fecha 15 de diciembre de 1994 el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA, representado por el Señor Ministro de Defensa y LOCKHEED AIRCRAFT S.A. suscribieron un Contrato de Concesión, respecto de la Hacienda Productiva mencionada precedentemente, ratificado por esta instancia.

Que a los fines de facilitar la privatización de dicha Area de Material, como así también para lograr los objetivos establecidos por la Ley Nº 23.696 resulta procedente adoptar disposiciones sobre las deudas que afectan a la misma.

Que en tal sentido, resulta necesario sanear los pasivos del AREA DE MATERIAL CORDOBA, liberándola de aquellas obligaciones originadas con anterioridad a la efectiva toma de posesión de la misma por parte de LOCKHEED AIRCRAFT S.A., de conformidad con el artículo 5º del Contrato de Concesión señalado.

Que habida cuenta de lo expuesto, corresponde al TESORO NACIONAL a través de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS hacerse cargo de los pasivos y obligaciones del AREA DE MATERIAL CORDOBA anteriores al efectivo traspaso de la misma, así como también resulta necesario prever el modo en que se cancelarán los mismos.

Que este Decreto se dicta en ejercicio de las potestades concedidas por el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional y la Ley Nº 23.696.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Dispónese la asunción por el TESORO NACIONAL a través de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de las deudas de la Hacienda Productiva AREA DE MATERIAL CORDOBA originadas por causa o título anterior a la fecha de la firma del Acta de Posesión que instrumente el efectivo traspaso de los bienes dados en concesión a LOCKHEED AIRCRAFT S.A.

Las deudas a que se refiere el párrafo anterior, que se encuentran excluidas de los alcances de la Ley Nº 23.982 y su reglamentación y del Decreto Nº 211/92, serán canceladas en la forma y plazo que resulten adecuados a las posibilidades del TESORO NACIONAL, resultando aplicable respecto de las mismas la facultad prevista en el artículo 45 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 1994).

Art. 2º — El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese a la COMISION BICAMERAL establecida por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MENEM. — Oscar H. Camilión.

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