Decreto 200 / 2011
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
SERVICIO EXTERIOR
REPRESENTANTE - DESIGNACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 32299
- Página:
- 5
Texto original de la norma
Desígnase el Representante Permanente de la República ante los Organismos Internacionales en Ginebra.
Bs. As., 15/12/2011
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Trasládase del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Misión Permanente de la República ante los ORGANISMOS INTERNACIONALES EN GINEBRA al funcionario de la categoría “A”, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Alberto Pedro D’ALOTTO (D.N.I. Nº 10.923.291).
Art. 2º — Desígnase Representante Permanente de la República ante los ORGANISMOS INTERNACIONALES EN GINEBRA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Alberto Pedro D’ALOTTO.
Art. 3º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.
Bs. As., 15/12/2011
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Trasládase del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Misión Permanente de la República ante los ORGANISMOS INTERNACIONALES EN GINEBRA al funcionario de la categoría “A”, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Alberto Pedro D’ALOTTO (D.N.I. Nº 10.923.291).
Art. 2º — Desígnase Representante Permanente de la República ante los ORGANISMOS INTERNACIONALES EN GINEBRA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Alberto Pedro D’ALOTTO.
Art. 3º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.