Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


SERVICIO EXTERIOR

Decreto 1959/2009

Establécese el Consulado General en la Ciudad de Johannesburgo de la República de Sudáfrica.

Bs. As., 9/12/2009

VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 736 de fecha 3 de mayo de 2002 se dispuso el cierre de diversas representaciones consulares en el exterior, entre ellas la Representación consular acreditada en la ciudad de Johannesburgo - REPUBLICA DE SUDAFRICA.

Que en consecuencia se hace necesario disponer la apertura y reordenamiento de las circunscripciones de determinadas oficinas consulares, de acuerdo a los lineamientos de la política exterior y con la finalidad de permitir asimismo una mayor difusión de la imagen de la República, como así también proporcionar nuevas corrientes de intercambio comercial y cultural.

Que resulta necesario proceder a la reapertura de un Consulado General de la República en la ciudad de Johannesburgo —REPUBLICA DE SUDAFRICA— que tenga circunscripción en las REPUBLICAS DE SUDAFRICA, DE BOTSWANA, DE MALAWI, DE MAURICIO, DE MOZAMBIQUE, DE NAMIBIA, DE ZAMBIA Y DE ZIMBABWE, como también en los REINOS DE SWAZILANDA y DE LESOTHO y disponer en consecuencia, el cierre de la Sección Consular de la Embajada de la República en la REPUBLICA DE SUDAFRICA.

Que se cuenta con el consentimiento del Estado receptor, previsto en el artículo 4º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, aprobada por Ley Nº 17.081.

Que han tomado intervención en el ámbito de sus competencias la Dirección General de Asuntos Consulares, la Dirección General de Recursos Humanos y Planeamiento Organizacional, la Dirección General de Administración, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Establécese el Consulado General de la República en la ciudad de Johannesburgo —REPUBLICA DE SUDAFRICA— que tendrá circunscripción consular sobre las REPUBLICAS DE SUDAFRICA, DE BOTSWANA, DE MALAWI, DE MAURICIO, DE MOZAMBIQUE, DE NAMIBIA, DE ZAMBIA y DE ZIMBABWE, como también en los REINOS DE SWAZILANDA y DE LESOTHO.

Art. 2º — Dispónese la dependencia administrativa del Consulado General de la República en la ciudad de Johannesburgo, de la Embajada de la República en la REPUBLICA DE SUDAFRICA.

Art. 3º — Dispónese el cierre de la Sección Consular de la Embajada de la República en la REPUBLICA DE SUDAFRICA.

Art. 4º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se atenderán con cargo a los créditos específicos del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, e acuerdo a la naturaleza de cada erogación.

Art. 5º — Extiéndanse las Cartas Patentes espectivas.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge . Taiana.

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