Decreto 116 / 1966
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
MINISTERIO DE ECONOMIA
AGUA Y ENERGIA ELECTRICA - GOBIERNO Y ADMINISTRACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 20984
- Página:
- 2
Texto original de la norma
EMPRESAS DEL ESTADO
Decreto N° 116/1966
AGUA Y ENERGIA ELECTRICA. - Estará a cargo de un Administrador General que será designado por el Poder Ejecutivo y ejercerá todas las funciones y facultades conferidas al Directorio.
Bs. As., 13/7/66
VISTO la necesidad de proveer al inmediato desenvolvimiento de Agua y Energía Eléctrica, Empresa del Estado y
CONSIDERANDO:
Que se impone adecuar el Estatuto de la empresa, aprobado por Decreto número 14.004/57 y sus modificaciones, a los fines de asegurar una administración eficiente y dinámica;
Por ello y lo propuesto por la Secretaría de Estado de Energía y Combustibles,
El Presidente de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1° — El gobierno y administración de Agua y Energía Eléctrica, Empresa del Estado, estará a cargo de un Administrador General.
Art. 2° — El Administrador General será designado por el Poder Ejecutivo y ejercerá todas las funciones y facultades que el Estatuto de la empresa, aprobado por Decreto N° 14.004/57 y sus modificaciones, confiere al Directorio de la misma. Las condiciones para su designación y su remuneración, serán las previstas para el Presidente de la empresa.
Art. 3° — Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Art. 4° — El presente decreto entrará en vigencia en el día de la fecha.
Art. 5° — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Energía y Combustibles.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ONGANIA. — Jorge N. Salimei. — Luis M. Gotelli.
Decreto N° 116/1966
AGUA Y ENERGIA ELECTRICA. - Estará a cargo de un Administrador General que será designado por el Poder Ejecutivo y ejercerá todas las funciones y facultades conferidas al Directorio.
Bs. As., 13/7/66
VISTO la necesidad de proveer al inmediato desenvolvimiento de Agua y Energía Eléctrica, Empresa del Estado y
CONSIDERANDO:
Que se impone adecuar el Estatuto de la empresa, aprobado por Decreto número 14.004/57 y sus modificaciones, a los fines de asegurar una administración eficiente y dinámica;
Por ello y lo propuesto por la Secretaría de Estado de Energía y Combustibles,
El Presidente de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1° — El gobierno y administración de Agua y Energía Eléctrica, Empresa del Estado, estará a cargo de un Administrador General.
Art. 2° — El Administrador General será designado por el Poder Ejecutivo y ejercerá todas las funciones y facultades que el Estatuto de la empresa, aprobado por Decreto N° 14.004/57 y sus modificaciones, confiere al Directorio de la misma. Las condiciones para su designación y su remuneración, serán las previstas para el Presidente de la empresa.
Art. 3° — Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Art. 4° — El presente decreto entrará en vigencia en el día de la fecha.
Art. 5° — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Energía y Combustibles.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ONGANIA. — Jorge N. Salimei. — Luis M. Gotelli.