Decreto 1115 / 2016
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
CONSEJO FEDERAL DE PRECURSORES QUIMICOS
LEY N° 27.283 - PROMULGACION
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Fecha: 20-10-2016
- Número:
- Boletín Oficial número: 33486
- Página:
- 2
Texto original de la norma
Buenos Aires, 19/10/2016
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — En uso de las facultades conferidas por el Artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.283 (IF-2016-02329858-APN-JGA#MSG) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 28 de septiembre de 2016.
ARTÍCULO 2° — Dése para su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, y comuníquese al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Patricia Bullrich.
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — En uso de las facultades conferidas por el Artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.283 (IF-2016-02329858-APN-JGA#MSG) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 28 de septiembre de 2016.
ARTÍCULO 2° — Dése para su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, y comuníquese al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Patricia Bullrich.