Decisión 19 / 2012
CONSEJO DEL MERCADO COMUN
MERCOSUR
PROTOCOLO DE USHUAIA SOBRE COMPROMISO DEMOCRATICO EN EL MERCOSUR
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Fecha: 18-09-2013
- Número:
- Boletín Oficial número: 32725
- Página:
- 52
Texto original de la norma
ADHESION DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA AL “PROTOCOLO DE USHUAIA
SOBRE COMPROMISO DEMOCRATICO EN EL MERCOSUR, LA REPUBLICA DE BOLIVIA Y LA REPUBLICA DE CHILE”
SOBRE COMPROMISO DEMOCRATICO EN EL MERCOSUR, LA REPUBLICA DE BOLIVIA Y LA REPUBLICA DE CHILE”
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile y las Decisiones Nº 18/04, 28/04 y 44/04 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes, la República de Bolivia y la República de Chile suscribieron el “Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”.
Que la Decisión CMC Nº 18/04 establece la necesidad de adhesión al Protocolo de Ushuaia y a la Declaración Presidencial sobre el Compromiso Democrático en el MERCOSUR.
Que por Decisión CMC Nº 44/04 se oficializó la incorporación de la República de Colombia como Estado Asociado del MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la Adhesión de la República de Colombia al “Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, suscripto el 24 de julio de 1998, en la ciudad de Ushuaia, República Argentina.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.