Comunicación A 3158 / 2000
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)
ENTIDADES FINANCIERAS
REQUISITOS MINIMOS DE LIQUIDEZ / CUENTA CORRIENTE
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Número:
- Boletín Oficial número: 29487
- Página:
- 31
Texto original de la norma
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)
ENLACES AUTORIZADOS POR LA ENTIDAD CITADA
Comunicación "A" 3158 11/09/00. Ref.: Circular LISOL 1 — 311. OPASI 2 — 238. Requisitos mínimos de liquidez. Reglamentación de cuenta corriente bancaria. Actualización de textos ordenados.