Presidencia de la Nación

Ley 25517

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


COMUNIDADES INDIGENAS

RESTOS MORTALES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 20-Dic-2001
Resumen:

ESTABLECESE QUE, DEBERAN SER PUESTOS A DISPOSICION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y/O COMUNIDADES DE PERTENENCIA QUE LO RECLAMEN, LOS RESTOS MORTALES DE ABORIGENES, QUE FORMEN PARTE DE MUSEOS Y/O COLECCIONES PUBLICAS O PRIVADAS.

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