Presidencia de la Nación

Relación laboral para casas particulares


Si una persona trabaja realizando tareas domésticas su empleador debe registrarla para que pueda acceder a sus beneficios sociales (aporte jubilatorio, seguro por accidentes de trabajo, obra social, entre otros).

  • Todas las trabajadoras, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
  • Siempre son los empleadores quienes deben realizar el registro.

Alta de la trabajadora

Una vez que el empleador registró en AFIP a la trabajadora se da de alta la relación laboral.

Paso a paso del registro


Importante

  • El empleador debe imprimir, firmar y guardar los comprobantes del alta, que se generan automáticamente una vez finalizada la carga de la relación laboral.
  • El sistema emite la constancia por duplicado. Uno le corresponde al empleador, y el otro a la trabajadora.
  • No dejes de entregar a la trabajadora el comprobante del registro de la relación laboral, porque lo necesitará para distintas finalidades.
  • Ambas copias deben estar firmadas.
Scroll hacia arriba