Presidencia de la Nación

La justicia argentina


Administración de justicia

El sistema de justicia de la República Argentina está compuesto por el Poder Judicial de la Nación y el Poder Judicial de cada una de las provincias. Integran también el sistema de justicia argentino el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa y el Consejo de la Magistratura.

La organización judicial responde al carácter federal del Estado Argentino. De este modo, existe por un lado una Justicia Federal con competencia en todo el país que atiende en materia de estupefacientes, contrabando, evasión fiscal, lavado de dinero, y otros delitos que afectan a la renta y a la seguridad de la Nación. Por otro lado, cada una de las provincias argentinas cuenta con una Justicia Provincial que entiende en el tratamiento de los delitos comunes (también denominada justicia ordinaria), con sus propios órganos judiciales y legislación procesal.

Poder Judicial Nacional

Se encuentra conformado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura de la Nación, los Juzgados de Primera Instancia y las Cámaras de Apelaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Es la instancia superior dentro del Poder Judicial y se encuentra compuesta por 5 miembros: un presidente y 4 ministros. Entiende sobre los recursos extraordinarios en todos aquellos puntos regidos por la Constitución y las leyes de la Nación, y posee competencia en forma originaria y exclusiva en todos los asuntos que conciernen a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en los que alguna provincia fuese parte. Tiene a su cargo, conjuntamente con el Consejo de la Magistratura, la administración del Poder Judicial.

Consejo de la Magistratura

Es un órgano permanente y colegiado del Poder Judicial de la Nación, representativo de diversos estamentos, que ejerce la competencia prevista en el artículo 114 de la Constitución Nacional. Sus atribuciones son:

  1. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores.
  2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores.
  3. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia.
  4. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.
  5. Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente.
  6. Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.
Fueros

El Poder Judicial de la Nación se organiza en distintos fueros, que funcionan de manera independiente y se especializan, en general, según la materia sobre la que intervienen. Entre ellos se encuentran los fueros Civil, Comercial, Penal, Laboral y Contencioso Administrativo Federal, entre otros.

Cada fuero está integrado por los Juzgados de Primera Instancia, que intervienen inicialmente en las causas, y por las Cámaras de Apelaciones, que revisan las decisiones dictadas por aquellos cuando alguna de las partes interpone un recurso. Las Cámaras se organizan en Salas y constituyen tribunales colegiados, integrados por varios jueces.

Ministerio Público

El Ministerio Público es un órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, cuya función, conforme al artículo 120 de la Constitución Nacional, es promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la Nación.

Está conformado por el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa. El primero dirige y coordina la actuación de los fiscales, mientras que el segundo organiza y coordina la labor de los defensores públicos oficiales, garantizando el acceso a la defensa y la tutela efectiva de los derechos de quienes la requieren.

Ministerio Público de la Defensa

El Ministerio Público de la Defensa es el organismo encargado de garantizar el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral, promoviendo el ejercicio efectivo del derecho de defensa y la protección de los derechos humanos. Su actuación comprende la representación y defensa de las personas en casos individuales y colectivos, con especial atención a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Su organización, estructura, funcionamiento y criterios de actuación se encuentran regulados por la Ley Nº 27.149, que reafirma la independencia, la autonomía funcional y la autarquía financiera del organismo, y establece el marco normativo para el cumplimiento de su misión institucional.

Ministerio Público Fiscal

l Ministerio Público Fiscal es un órgano independiente que integra el sistema de administración de justicia y cuenta con autonomía funcional y autarquía financiera, conforme lo establece el artículo 120 de la Constitución Nacional. Su autonomía fue consagrada con la reforma constitucional de 1994, que reconoció al Ministerio Público como un órgano con identidad propia dentro del esquema institucional del Estado.

Su misión es promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. A través de la labor de las y los fiscales, interviene en aquellos procesos en los que el ordenamiento jurídico prevé la participación del Ministerio Público, impulsando la investigación y la acción penal cuando corresponde, velando por el cumplimiento de las leyes y procurando la protección del interés público.

Activar: 
0
Scroll hacia arriba