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Autos con créditos prendarios
Mi auto está prendado. ¿Puedo elegir la compañía de seguros para mi vehículo?
Si, la empresa que financia (Acreedor prendario) el auto puede exigir una cobertura mínima y darte un listado de al menos cinco (5) aseguradoras habilitadas, entre las cuales el asegurado puede optar.
Podés contratar el seguro de forma directa o a través de cualquier intermediario (Productores Asesores de Seguros, Sociedades de PAS o Agentes Institorios), pero con consentimiento del acreedor.
Mi auto está prendado y la aseguradora me cobra más de lo que cobraría si la hubiera contratado particularmente. ¿Qué puedo hacer?
Si contratás un seguro asociado a un crédito prendario o a un plan de ahorro, el precio debe ser el mismo que cobraría esa aseguradora a cualquier persona en una situación similar.
Ante esta situación realizá el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Cobro del siniestro
La compañía del que me chocó quiere abonarme un monto inferior al valor del daño que me ocasionó su asegurado. ¿Qué puedo hacer?
Si el monto que ofrecen es inferior al daño causado podés rechazar la oferta y continuar por vías judiciales.
La SSN no puede intervenir en tu reclamo si sos un tercero damnificado (es decir, que el reclamo no está dirigido a tu aseguradora).
Me robaron el auto y la aseguradora no aplica la cláusula de ajuste
La cláusula de ajuste se activa si la suma asegurada es inferior al valor del bien. En caso de incumplimiento realizá el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.
¿Puede estar el seguro del auto a nombre de otra persona que no sea el titular del auto?
El seguro del auto puede estar a nombre de otra persona que no sea el titular.
Tener en cuenta que si el vehículo asegurado sufre una pérdida total (por robo, hurto, accidente o incendio), la compañía pagará la indemnización sólo si el vehículo está a nombre del asegurado.
Si el auto no está a tu nombre, el pago se realizará recién cuando ocurra alguna de estas dos situaciones:
-
se complete la transferencia del vehículo a nombre del asegurado, o
-
el titular autorice, mediante escribano público, que el asegurado cobre la indemnización.
Importante:Esta cobertura es válida únicamente si esta condición está claramente indicada en el frente de la póliza como advertencia al asegurado. Como Cláusula CA-CO 1.1 Titularidad del dominio
¿Tengo que firmar el 08 en blanco para que la Compañía me abone la indemnización por destrucción total del vehículo?
No corresponde firmar formularios en blanco. La documentación que debés presentar se encuentra establecida en la cláusula “CG-CO 3.1 Prueba instrumental y pago de la indemnización”en la póliza.
Denuncia
¿Mi aseguradora debe reclamar a la del tercero?
El reclamo a una aseguradora como tercero damnificado, es personal y no corresponde que lo haga su aseguradora.
¿La aseguradora puede exigir la entrega del bien siniestrado?
Sí, puede exigirla al pagar la indemnización por el total del bien siniestrado.
Quiero denunciar a una Compañía porque me dio de baja el seguro del auto y no me lo notificó
Generales
¿Qué hago si ninguna Compañía me quiere asegurar el auto?
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) no puede obligar a una compañía a firmar un contrato con un cliente en particular.
Las aseguradoras son empresas privadas. Cada una define sus políticas comerciales y puede decidir no emitir una póliza en determinados casos.
Te sugerimos ver el listado de Sujetos Habilitados a operar que se ajusten a tus necesidades.
¿Qué seguro debo contratar para utilizar mi vehículo a través de plataformas tecnológicas (Aplicación)?
Si usás un vehículo para brindar servicios ofrecidos y contratados a través de plataformas digitales, debés contratar un Seguro de Responsabilidad Civil específico para esa actividad.
Este seguro protege al conductor, usuarios, bienes transportados y a terceros que puedan resultar damnificados. Se activa únicamente mientras el vehículo esté en uso mediante la plataforma y convive con el seguro obligatorio que el vehículo debe tener para circular.
Es importante que informes a la aseguradora que el vehículo será destinado a este tipo de servicios, ya que esa condición debe estar declarada en la póliza.
La Superintendencia de Seguros de la Nación reglamentó este tipo de seguros por medio de la Resolución 615/2019.
¿Cuáles son los límites de cobertura de RC automotor?
Los límites de cobertura están establecidos por normativa y los mismos se actualizan periódicamente. Para conocerlos enviá un correo electrónico a [email protected].
No puedo ver mi seguro en la aplicación Mi Argentina
Si no podés acceder a Mi Argentina, realizá el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Recordá que si una autoridad te pide el comprobante de tu seguro en un control vial podés mostrar tu póliza de forma física o digital o presentar el último recibo vigente de pago.
Se vence el plazo para denunciar un siniestro y la aseguradora no responde.
Si realizaste la denuncia por los canales habilitados por la compañía, y no tuviste respuesta. Dejá constancia ante la aseguradora de los intentos realizados.
Realizá el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Plazos
¿Qué plazo tiene la Compañía aseguradora para pagarme el robo/hurto o destrucción total de mi vehículo?
La compañía, desde que recibió toda la información solicitada, tiene 30 (treinta) días para informar al asegurado si corresponde o no el pago del seguro.
Deberá pagar el siniestro dentro de los 15 (quince) días desde que se haya fijado el monto a pagar o la aceptación del importe por parte del asegurado. (Ley Nº 17.418, Art. 56 y Art. 49)
Los plazos se computan en días corridos, conforme a la normativa vigente.
¿Qué plazo tiene la compañía para abonarme el daño que me generó su asegurado?
La Ley de Seguros no establece plazos de pago para terceros damnificados, ya que estos no forman parte del contrato de seguros.
Quiero consultar cual es el monto de indemnización que debe abonarme la Compañia por el robo/hurto/destrucción total de mi vehículo
El Asegurador indemnizará el valor de venta al público al contado en plaza al momento del siniestro de un vehículo de igual marca, modelo y características, con más los impuestos, tasas y contribuciones que pudieran corresponder, todo ello hasta la suma asegurada que consta en el Frente de Póliza.
¿Si dejo de pagar la cuota del seguro de mi auto, la póliza será dada de baja automáticamente?
Si no pagás el seguro en tiempo y forma, la cobertura se suspende automáticamente a la hora 24 del día del vencimiento.
Cuando hayan pasado 60 (sesenta) días desde el primer vencimiento y no hayas pagado o hayas realizado la rehabilitación de la cobertura, la compañía puede dar de baja el contrato. Ver Condición Resolutoria
Firmé un acuerdo de pago y la Compañía no me responde en la fecha pactada.
Si no se cumplió el acuerdo realizá el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación. Adjuntá copia del acuerdo incumplido y otra documentación necesaria para la tramitación.
Remolques
¿Cómo hago para solicitar una grúa o remolque?
Solicitá el servicio de grúa o remolque según las vías e indicaciones que figuren en tu póliza. Corroborá que figure la cláusula CA-CO 15.1 Servicio de remolques.
¿Puedo reclamar ante la SSN por la demora en el servicio de grúa?
El tiempo dentro del cual se preste la Asistencia está sujeto a las condiciones y disponibilidades en zona de cobertura según ubicación de las dependencias del prestador.
¿Puedo reclamar ante la SSN si no se otorgó el servicio de grúa?
Si en la póliza contratada figura el servicio de remolque y no lo brindaron podés realizar el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.
¿Puedo reclamar ante la SSN si no reintegran lo abonado por grúa?
Si podés realizar el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación. Tené en cuenta que no aplica cuando lo hayas contratado sin el consentimiento de la aseguradora.
¿Puedo reclamar ante la SSN si la grúa no trasladó a todos los ocupantes?
Puede acompañar al servicio de grúa, como mínimo, una persona responsable y no más de la cantidad del límite de ocupantes establecido por las normas del fabricante del vehículo en el que se realice el remolque.
Dentro del auto trasladado no podrá viajar ninguna persona.
¿Puedo reclamar si la grúa dañó mi vehículo?
Realizá el reclamo ante tu aseguradora.
Si la compañía no responde podés hacer el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación. Recordá adjuntar toda la documentación que compruebe que el daño fue producido por la grúa.
¿La compañía debe cubrir los peajes en el servicio de grúa?
Los costos correspondientes a peajes estarán a cargo del solicitante del servicio.
¿Cuántos kilómetros debe cubrir el servicio de grúa?
Si tenés contratado el servicio de grúa, cláusula CA-CO 15.1. Servicio de Remolques, este abarca el trayecto de kilómetros de ida más la misma cantidad de kilómetros de vuelta, ambos deben estar indicados en el Frente de Póliza, a partir del lugar en el que se produzca la inmovilización del vehículo.
La cantidad de kilómetros de ida y de vuelta para el servicio de remolques no podrá ser inferior a CIEN (100) kilómetros.
La compañía rechazó la grúa por prestación previa
Verificá en tu póliza la cantidad de servicios anuales y el tope mensual que hayas contratado.
Recordá que los servicios anuales no podrán ser inferiores a 6 (seis) servicios y los servicios mensuales no podrán ser superiores a 1 (un) servicio por mes.
Siniestros
Me chocaron y se dio a la fuga. ¿Quiero saber si con la patente del vehículo puedo consultar la Compañia aseguradora del mismo?
Si te chocaron y tenés el número de patente, podés realizar el trámite ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA).
La Superintendencia de Seguros de la Nación no puede dar información sobre qué aseguradora está asociada a una patente. Las bases de datos de la SSN están destinadas exclusivamente a tareas de control y supervisión, y las actuaciones tienen carácter confidencial conforme a la Ley Nº 20.091 Art. 74.
¿Qué debo hacer si un tercero me demanda por daños o lesiones?
Debe informar a su aseguradora de inmediato y aportar la documentación correspondiente.
¿Qué debo hacer si tuve un siniestro vial?
Tenés que hacer la denuncia ante la aseguradora dentro de los tres días ocurrido el accidente. Si no hacés el reclamo en tiempo y forma perdés el derecho a cobrar la indemnización.
Tengo un seguro todo riesgo con franquicia y nadie responde
Si hiciste la denuncia ante tu aseguradora y no tenés respuesta podés realizar el Reclamo ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.
¿Debo realizar denuncia policial ante un siniestro automotor?
Debés realizar la denuncia policial en caso de robo, hurto, incendio o cuando se haya producido un siniestro con lesiones o causal de muerte.
La compañía de quien te choco no responde o no toma tu denuncia
La SSN no puede intervenir en tu reclamo si sos un tercero damnificado (es decir, no contrataste el seguro).
Si tenés problemas con la compañía de quien te chocó debés iniciar acciones legales contra el responsable del accidente.
En el reclamo judicial, podés incluir a la compañía de seguros de quien te chocó. De este modo, si corresponde un pago por el daño, la aseguradora podrá cubrirlo.
Talleres
Tengo seguro contra todo riesgo. Tuve un siniestro. ¿Puedo elegir el taller donde reparar mi vehículo?
La posibilidad de elegir el taller depende de lo establecido en las condiciones de la póliza. El vehículo reparado debe quedar en las mismas condiciones que antes del siniestro.
¿Puedo efectuar un reclamo por aumento de la cuota del seguro del auto?
Las aseguradoras son empresas privadas y pueden fijar libremente el precio de sus seguros. La Superintendencia de Seguros de la Nación no puede determinar el valor de los seguros.
El Art. 26 de la Ley Nº 20.091 establece que las primas deben ser suficientes para que la aseguradora pueda cumplir con sus obligaciones y mantener su solvencia económico-financiera.
Si no estás de acuerdo con el nuevo valor, solicitá información a tu aseguradora sobre los motivos del aumento o podés consultar los Sujetos Habilitados a comercializar seguros y elegir el que se ajuste a tus necesidades.