El reclamo debe estar directamente relacionado con los derechos o intereses de quien reclama, y surgir del contrato de seguro o de las normas que lo regula.
Solo se puede reclamar por cuestiones que te afecten de forma directa y que estén reconocidas por la ley o por el seguro contratado.
¿A quién está dirigido?
Pueden hacer un reclamo las personas fìsicas o jurídicas que tengan relación con un seguro, de manera personal o a través de un representante:
- Tomador: quien contrata el seguro.
- Asegurado: la persona que está cubierta por el seguro.
- Beneficiario: quien recibe el pago o el beneficio del seguro.
- Derechohabiente: quien tiene derecho a reclamar por ley (por ejemplo, un heredero).
¿Qué necesito?
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Correo electrónico personal.
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Tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD) si tramitás por esta vía.
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Póliza de seguros
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Si el reclamo lo hacés en nombre de otra persona, adjuntá el poder que lo autorice.
Será requisito obligatorio para la admisión y prosecución de cualquier reclamo ante el organismo, que quien lo formule adjunte la documentación respaldaroria que acredite su figura como tomador del seguro / asegurado / asegurable / beneficiario y/o derechohabiente.
¿Cómo hago?
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A través de TAD (Trámites a Distancia)
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Ingresá a TAD, trámite Reclamo, con DNI o clave fiscal.
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Completá y adjuntá la información solicitada.
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Esperá a recibir una respuesta mediante correo electrónico.
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¿Cuál es el costo?
Gratuito
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- Manual - Realizar un Reclamo ante la SSN (pdf,856.1 Kb) Descargar archivo