Presidencia de la Nación

Preguntas Frecuentes sobre el Programa de Apoyo a la Competitividad (PAC) para MiPyMEs 2023


PAC empresas 2023

  1. ¿Quiénes pueden acceder?
  2. ¿Qué se financia?
  3. Porcentajes, montos y topes
  4. Tipos de proyectos
  5. Tipos de gastos
  6. PSAT
  7. RUMP
  8. Acceso a DNA2
  9. Carga del PDE
  10. Aprobación
  11. Ratificación de aprobación
  12. Ejecución
  • Inicio
  • Modificaciones
  1. Rendición y desembolsos
  • Modalidad de desembolso Anticipo
  • Modalidad de desembolso Reintegro

1. ¿Quiénes pueden acceder?

¿Qué requisitos deben reunir los postulantes?

  1. Ser MiPyME hasta Mediana Tramo 1, condición que acreditará presentando su Certificado MiPyME vigente extendido por el Registro MiPyME.
  2. Tener al menos DOS (2) años de antigüedad comprobables en la actividad en la que se postulará el Proyecto de Desarrollo Empresarial (PDE). La actividad puede ser la principal o alguna secundaria.
  3. Acreditar su inscripción en el Registro Único de la Matriz Productiva (R.U.M.P) disponible en la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
  4. No poseer deudas fiscales y/o previsionales exigibles.
  5. Sólo se admitirán PDE presentados por alguna de las actividades incluidas en la “NÓMINA DE ACTIVIDADES ELEGIBLES” que como Anexo I.II forma parte integrante de las Bases y Condiciones
  6. Las empresas de la cadena de petróleo y gas sólo podrán presentar PDEs que impliquen la diversificación de sus actividades económicas fuera del sector de petróleo y gas y/o si las empresas se encuentran en transición justa a energía renovable, en cuyo caso los recursos deberán ser destinados exclusivamente hacia esta diversificación.

¿Cómo puedo acreditar antigüedad en la actividad?

Deberá presentar la constancia de inscripción en AFIP. Dicha constancia deberá acreditar la inscripción de la actividad por la que postula el proyecto, sin importar si es primaria o secundaria, con una antigüedad mínima de DOS (2) años, en el caso de cumplir con este requisito no podrá realizar la carga del proyecto en DNA2.

¿Se pueden presentar monotributistas, monotributistas sociales, otros?

Si. La posición tributaria no es un impedimento para presentar un PDE.

¿Se puede presentar una cooperativa?

Si. Se puede presentar cualquier forma societaria considerada MiPyME. Excepto las excluidas expresamente en el Artículo 5º de las Bases y Condiciones.

¿Se puede presentar una empresa conformada por una parte estatal, cualquiera sea la jurisdicción?

Si, mientras la participación estatal en su capital sea inferior al 50%.

¿Se puede presentar una empresa concursada?

Si. Debe tener Concurso homologado, cuotas concursales al día y autorización del Síndico del Concurso para aplicar al Programa. Deberá presentar cualquier otra documentación que le sea requerida.

¿Se puede presentar un Fideicomiso?

No, quedan excluidas las empresas que revistan la calificación jurídica de Fideicomiso.

¿Qué sectores productivos y actividades pueden participar?

Pueden presentarse empresas de los Sectores Industria Manufacturera y Servicios de acuerdo al detalle de las actividades consignadas en el Anexo I.II NÓMINA DE ACTIVIDADES ELEGIBLES que forma parte de las Bases y Condiciones. No serán elegibles las empresas pertenecientes a los sectores de intermediación financiera, de seguros, de servicios profesionales jurídicos y/o contables.

¿Cuáles son las exclusiones y limitaciones para poder presentar un PDE?

  1. Registren deudas fiscales y/o previsionales exigibles con la AFIP;
  2. Posean una participación accionaria extranjera superior al CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO (49%);
  3. Posean una participación gubernamental en su capital superior al CINCUENTA POR CIENTO (50%);
  4. Comercialicen productos importados y cuya facturación de bienes importados supere el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de la facturación total;
  5. Las empresas pertenecientes a la cadena de valor de carbón mineral, a los sectores de intermediación financiera, de seguros, de servicios profesionales jurídicos y/o contables, y las que revistan la calificación jurídica de Fideicomiso.
  6. Las empresas cuya actividad principal contribuye directamente a la exploración y producción (upstream), refinación, exportación, importación, transporte y distribución o generación con energías fósiles o acceso a servicios técnicos, insumos o equipamiento de alta, mediana o baja complejidad y especialización tecnológica al sector de hidrocarburos (midstream, downstream) o subproductos del petróleo y gas como metano, pentano o propano, salvo la excepción prevista en el último párrafo del artículo 4°.
  7. Las empresas que hayan incumplido total o parcialmente proyectos o planes presentados en el Programa de Apoyo a la Competitividad desde el año 2020 en adelante (Resoluciones Nros. 53/2020; 76/2020; 79/2020; 20/2021 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO).
  8. Las empresas cuyos Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica, capacitadores o proveedores de bienes, incluidos en las actividades descritas en el PDE, se encuentren vinculados a las mismas hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad; vinculados laboral, societaria o patrimonialmente, o (en caso de corresponder) con sus controlantes o controladas, u ocupen cargos en las mismas.
  9. Las empresas que tengan entre sus titulares o directivos a personas que sean candidatos o detenten cargos electivos municipales, provinciales o nacionales.
  10. Las empresas con PDE aprobados con anterioridad en el marco del Préstamo BID 2923/OC-AR y que se encuentren en ejecución presentando incumplimientos.

¿Cuántos proyectos puede presentar una empresa?

Una EMPRESA no podrá ser beneficiaria de más de DOS (2) PDE presentados en el marco de la presente convocatoria.

En caso que una empresa tuviera un PDE en ejecución de la presente convocatoria, sólo podrá presentar un nuevo si el PDE que se encuentra en ejecución cuenta con al menos UNA (1) rendición de cuentas aprobada por el Programa y no presente incumplimientos.

¿Si una empresa se presentó en la edición 2020 o en la convocatoria 2021 y su proyecto fue desaprobado, puede presentarse en la Convocatoria 2023?

Si, puede presentarse.

¿Si una empresa se presentó en la edición 2020 o en la Convocatoria 2021 y su proyecto fue aprobado, puede presentarse en la Convocatoria 2023?

Si. El nuevo proyecto deberá ser completamente distinto que el anterior o bien complementario del mismo. Si se trata de su tercer proyecto, el ANR máximo será del 50%.

En caso que una empresa tuviera un PDE en ejecución de convocatorias anteriores, sólo podrá presentar un nuevo PDE si el PDE que se encuentra en ejecución cuenta con al menos UNA (1) rendición de cuentas aprobada por el Programa y no presente incumplimientos.

¿Si una empresa se presentó en otro Programa del Estado Nacional de características similares al Programa PAC Empresas puede presentarse en esta Convocatoria 2023?

Si, mientras que:

  • El proyecto presentado en PAC Empresas Convocatoria 2023 sea otro que el financiado por otros Programas del Estado.
  • El objeto financiable también sea distinto.

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2. ¿Qué se financia?

¿Qué financia el Programa de Apoyo a la Competitividad para MiPyMEs?

Servicios profesionales de asistencia técnica y capacitación asociada, reintegrando en forma parcial la implementación de Proyectos de Desarrollo Empresarial mediante la entrega de Aportes No Reembolsables. También se podrán financiar adquisiciones relacionadas con las actividades de asistencia técnica.

¿Qué porcentaje de ANR se puede destinar para Asistencia Técnica y para Adquisiones?

Se podrá utilizar hasta el CIEN POR CIENTO (100%) del monto total del ANR aprobado para financiar actividades de asistencia técnica y hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total del ANR aprobado para financiar adquisiciones relacionadas con las actividades de asistencia técnica. Asimismo, el monto de ANR solicitado para la adquisición no podrá superar el SESENTA POR CIENTO (60%) del monto de la adquisición.

¿Qué tipo de adquisiciones puedo incorporar al PDE?

Se podrá incluir la adquisición de activos tangibles e intangibles y adecuaciones de infraestructura o construcción de matrices y moldes. Siempre deberán estar asociadas a la asistencia técnica y realizadas en el marco de la ejecución del PDE.

Todos los bienes adquiridos deberán ser nuevos y provenientes de alguno de los países definidos en el Anexo I.IV. de las Bases y Condiciones, en moneda nacional de la REPÚBLICA ARGENTINA y sin incluir el IVA debiendo ser convertidos los presupuestos extendidos en moneda extranjera a moneda nacional de la REPÚBLICA ARGENTINA utilizando como referencia el tipo de cambio (vendedor) publicado por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA el día de expedición del presupuesto.

¿El programa financia la compra de software?

Si. En tanto sea indispensable para la concreción del PDE y esté en línea con la finalidad, objetivo y propósito del PDE y esté asociado a una actividad del PDE.

¿Si es un software enlatado se lo considera una adquisición asimilable a un bien de capital?

Si. La Licencia se considerará una adquisición.

¿La implementación de software está contemplada?

Si, la implementación software tanto enlatado o a medida se considera una actividad elegible en el marco de un PDE mientras haya coherencia entre la actividad, objetivo, propósito y tipo de innovación.

¿El desarrollo de software está contemplado?

Si, el desarrollo de software se considera una actividad elegible en el marco de un PDE mientras haya coherencia entre la actividad, objetivo, propósito y tipo de innovación.

¿Está contemplada la adquisición de una computadora?

Si, se considera una adquisición elegible mientras está asociada a una actividad de asistencia técnica del PDE y haya coherencia entre la actividad, objetivo, el propósito y la finalidad.

¿El Programa financia la compra de matricería?

Si. Si es una matriz que ya se encuentra desarrollada se considera una adquisición. Si es una a desarrollar a medida de la empresa se considera Consultoría.

¿El arancel que percibe la Entidad Certificadora de Normas de Calidad de Procesos o Productos está considerado por el Programa?

Si. La empresa debe presentar una factura proforma o presupuesto al momento de la solicitud del ANR.

Algunas dependencias estatales que certifican diferentes normas no emiten presupuestos.

¿Qué documentación habría que presentar?

Deberían presentar documentación emitida por la dependencia estatal con precios de referencia o impresiones de pantalla donde se evidencien los valores de referencia.

¿La implementación de Normas de calidad o procesos sin certificación está contemplada?

No, no se financian implementaciones sin certificaciones.

¿El programa anticipa el dinero una vez ratificada la aprobación el PDE?

El Programa establece dentro de sus modalidades de desembolso, la de un anticipo de hasta el CINCUENTA PORCIENTO (50%) del total del ANR aprobado.

¿Si se ejecutaron acciones y realizaron pagos con anterioridad a la aprobación del PDE pueden ser contemplados?

Si, si los mismos fueron realizados luego de la presentación del PDE a través de dna2. No se reconocerán acciones ni pagos de otros gastos realizados con anterioridad a la fecha de presentación del PDE a través de DNA aunque formarán parte de ese proyecto.

¿Es posible presentar un PDE que ya se encuentre ejecutado parcialmente?

No. Todas las actividades incluidas en el PDE y por las que se solicita ANR deben comenzar a ser ejecutadas a partir de la presentación ante el Programa.

¿Puedo abonar a los proveedores, PSAT en efectivo, che

¿Puedo abonar a los proveedores, PSAT en efectivo, cheques de terceros?

No. Se reconocerá el pago mediante cheques propios físicos o electrónicos, con la constatación del respectivo débito en cuenta, en moneda nacional de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Asimismo se reconocerán los pagos realizados por las empresas a través de los siguientes medios electrónicos de pago, asociados a cuentas bancarias o cuentas virtuales uniformes (CBU o CVU) de su titularidad que permitan corroborar la trazabilidad de los mismos: 1. Transferencias; 2. Tarjetas de Débito; 3. Tarjetas de Crédito (en caso de financiamiento en cuotas se deberá acreditar el pago total con la presentación de los resúmenes correspondientes a todas las cuotas abonadas); 4. Débitos inmediatos (DEBIN); 5. Pagos Electrónicos Inmediatos (PEI) en cualquiera de sus modalidades: Billeteras Electrónicas habilitadas por el BCRA, POS móvil o Botón de pago.

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3. Porcentajes, montos y topes

¿El Programa contempla financiar el total del costo del proyecto?

No. Sin importar el monto del costo total del proyecto el Programa sólo podrá contemplar financiar hasta los topes máximos establecidos en el ARTÍCULO 9º del Documento Ejecutivo.

Es decir podrá reconocer hasta el 70% o el 80% (en caso de mejora del medioambiente) del costo total del proyecto sin exceder el monto tope establecido para cada propósito. Estos topes no son obligatorios, pudiendo ser menores a criterio técnico del Programa. El solicitante del beneficio deberá responder por el 100% del costo total del proyecto justificando el destino del ANR aprobado y su correspondiente contraparte.

¿El Programa contempla financiar adquisiciones de bienes?

El Programa podrá financiar hasta el 60% del costo total del bien sin superar el 30% del ANR aprobado ni el tope de ANR en pesos para el propósito objeto del PDE. Este destino del beneficio se incluye dentro del total del ANR aprobado.

¿Cuál es el % de ANR que puede cubrir el Programa?

  • Las empresas micro y pequeñas podrán utilizar el ANR para financiar hasta el SETENTA POR CIENTO (70%) del monto total de cada una de las actividades de asistencia técnica.

  • Las empresas medianas y/o aquellas empresas que hayan sido beneficiarias de al menos dos proyectos de ANR en el marco del Programa PAC (préstamos BID 2923/OC-AR) podrán utilizar el ANR para financiar hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de cada una de las actividades de asistencia técnica.

  • Si se trata de Asistencias Técnicas orientadas a realizar mejoras medioambientales, o si las empresas producen equipamiento de energía renovable, de electromovilidad o para reciclado de materiales, o son proveedoras directas de productores de hidrógeno verde o litio, podrán incrementar en 10 puntos porcentuales el ANR para financiar hasta el OCHENTA POR CIENTO (80%) del monto total de cada una de las actividades de asistencia técnica en el caso de las micro y pequeñas empresas; y hasta el SESENTA POR CIENTO (60%) en el caso de las medianas y/o las que hayan sido beneficiarias de al menos dos ANR en el marco del Programa PAC (préstamos BID 2923/OC-AR).

¿La contraparte que le corresponde a la empresa se puede aportar en especie?

No. La contraparte deberá consistir en un aporte monetario por parte de la MiPyME. Todas las actividades y adquisiciones serán pagadas por el Beneficiario y luego el Programa reintegrará el porcentaje que corresponde de acuerdo al tipo de actividad/adquisición.

¿Existen importes topes de ANR?

Si. El mínimo de ANR solicitado no podrá ser menor a PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000). Y los topes máximos varían según el propósito o el proyecto integral a desarrollar. Dichos topes están establecidos por el programa en el ARTÍCULO 9° de las Bases y Condiciones e incluyen los costos de asistencia técnica y las adquisiciones relacionadas.

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4. Tipos de Proyectos

¿Qué tipos de proyectos financia el Programa?

Serán considerados elegibles aquellos PDE que se orienten a incorporar innovaciones para mejorar la productividad, competitividad y acceso a los mercados de las empresas que califiquen con un mínimo de SESENTA (60) puntos.

La calificación será realizada en base a la “TABLA DE PUNTAJE PARA LA CALIFICACIÓN DE PROYECTOS” que como Anexo I.I forma parte de las presentes Bases y Condiciones.
Existen DOS (2) tipos de PDE (ARTÍCULO 8°): PDE Propósito Único y PDE Integral.

¿Cuál es el plazo máximo de ejecución del PDE?

Los PDE deben ser ejecutados dentro de un plazo máximo de DOCE (12) meses desde la notificación de la ratificación de la aprobación del mismo.

¿Cuál es la diferencia entre un PDE Propósito Único y un Proyecto Integral?

Los PDE de Propósito Único permiten desarrollar UN (1) solo propósito en cambio, en un Proyecto integral podés combinar entre DOS (2) y TRES (3) propósitos que guarden correlación entre sí y que conformen un sólo proyecto alineado con la estrategia empresarial de la solicitante.

¿Cuáles son los propósitos que puedo desarrollar en un PDE Propósito Único?

En función del tipo de innovación buscada (de producto, de proceso o comercial) podrán desarrollar alguno de los propósitos detallados en el Cuadro 1 del ARTÍCULO 9° de las Bases y Condiciones con el correspondiente tope de ANR en pesos según propósito.

¿Cómo puedo calcular el ANR a solicitar para asistencia técnica y adquisiciones en un PDE de Propósito Único antes de cargarlo en DNA2?

Para simular la formulación del PDE podés descargar el Simulador de PDE Único" y utilizarlo como hoja de trabajo de tu proyecto para luego volcar la información a DNA2. Para eso deberás completar las pestañas "Empresa" y "Proyecto" del simulador y obtener el valor "CUMPLE" en todas las comprobaciones incluidas las de la pestaña "Rendiciones". Este simulador no forma parte de la presentación del proyecto es únicamente una herramienta de ayuda.

¿Qué es un PDE Integral?

Es un PDE que combina entre DOS (2) y TRES (3) propósitos con el objetivo de alcanzar un alto grado de innovación en la gestión de la empresa.

En su mayoría son proyectos con combinaciones de propósitos preestablecidas por el Programa, pero también se evaluarán Proyectos Integrales que no estén predeterminados (III. Otros PDE Integrales) y que combinen otros de los propósitos, fundamentando que guardan correlación entre sí y que conforman un sólo proyecto alineado con la estrategia empresarial.

¿Cuáles son los propósitos que puedo trabajar en un PDE Integral?

Los PDEs Integrales del 1 al 5 tienen preestablecida una combinación de propósitos (ARTÍCULO 8° de las Bases y Condiciones). El PDE Integral 6 “Otros PDE Integrales” permite determinar por la empresa los propósitos a combinar.

¿Cuáles son los propósitos que se pueden combinar en “Otros PDE Integrales”?

Los establecidos en el Cuadro 1 del ARTÍCULO 9° de las Bases y Condiciones, deberá tener un mínimo DOS (2) y un máximo TRES (3) propósitos. Para justificar la selección de los propósitos que lo integren deberán presentar el formulario de “Preguntas Específicas” correspondiente al tipo de PDE (Anexo VII) fundamentando que los propósitos perseguidos guardan correlación entre sí y que conforman un sólo proyecto alineado con la estrategia empresarial.

¿Cómo puedo calcular el ANR a solicitar para asistencia técnica y adquisiciones en un Proyecto Integral antes de cargarlo en DNA2?

Para simular la formulación del PDE podés descargar el “Simulador de PDE Integral” y utilizarlo como hoja de trabajo de tu proyecto para luego volcar la información a DNA2. Para eso deberás completar las pestañas "Empresa" y "Proyecto" del simulador y obtener el valor "CUMPLE" en todas las comprobaciones incluidas las de la pestaña "Rendiciones". Este simulador no forma parte de la presentación del proyecto es únicamente una herramienta de ayuda.

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5. Tipos de gastos

¿Además de financiar Consultoría y adquisiciones, financia gastos de presentación del PDE?

Si. El Programa reconocerá el CIEN (100%) de los gastos de legalización y/o certificaciones jurídicas y legales/contables de los PDE aprobados, hasta un máximo de PESOS VEINTE MIL ($20.000) establecido en el Cuadro 1 del ARTÍCULO 9° de las Bases y Condiciones.

¿Los honorarios por formulación y acompañamiento del PDE están contemplados?

Si. El Programa financia honorarios para la formulación y el acompañamiento del PDE de hasta el 5% del ANR aprobado (formulación 40% y acompañamiento 60%) o hasta PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000).

¿Otros gastos corrientes como suscripciones, abonos, mantenimiento son contemplados por el Programa?

No. No se encuentran contemplados como financiables.

¿Por qué medio de pago se monetiza el beneficio aprobado?

Se transferirá el ANR en la cuenta bancaria del beneficiario. Tené en cuenta que el CBU informado deberá tener como titular a la razón social o la persona física beneficiaria.

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6. PSAT

¿Dónde puedo ver el listado de Consultores registrados?

Por el momento no se encuentra el directorio de PSAT/DIRCON publicado online. La empresa puede elegir libremente a los proveedores de servicios de asistencia técnica mientras éstos se encuentren inscriptos en el DIRCON. Si no están registrados, los PSAT se pueden registrar.

¿Quiénes pueden ser Consultores/Proveedores de Asistencia Técnica (PSAT)?

Aquellos que estén registrados en el DIRCON.

¿Cómo me registro en el DIRCON?

Deberá ingresar a la plataforma DNA2 con usuario y contraseña en el menú la opción “DIRECTORIO DE PROVEEDORES DE ASISTENCIA TÉCNICA” podrá realizar la inscripción. Se le solicitará completar datos personales y profesionales.

¿Qué requisitos debe reunir un PSAT/Consultor?

Debe demostrar idoneidad y poder emitir documentación legal que acredite la provisión del servicio y el pago de sus honorarios.

¿El formulador y/o acompañante debe inscribirse en el DIRCON?

Si. En cualquiera de los 2 casos los profesionales deberán inscribirse en el Directorio de PSATS/DIRCON.

¿En qué consiste el trabajo de acompañamiento?

El Programa entiende por acompañamiento a las tareas posteriores a la formulación del PDE tendientes a la facilitación y concreción exitosa de la tramitación del mismo es decir: respuesta en tiempo y forma a las observaciones que pudieran producirse, con respecto a las adquisiciones que el origen de las mismas sea de países miembros del BID, que los pagos a proveedores se efectúen desde la cuenta de la beneficiaria, que las rendiciones se hagan en forma correcta, etc. El objetivo es que contribuya a la agilización del trámite de forma tal que el solicitante del beneficio llegue a obtenerlo en los plazos previstos.

¿Se puede elegir a un PSAT del exterior?

Sólo se admitirán PSATs del extranjero en los casos en que no exista un prestador nacional habilitado para realizar la actividad, debiendo justificarse dicha condición para que el Programa evalúe su admisibilidad. Téngase en cuenta que todo documento que emita para ser presentado en el Programa deberá estar expresado en pesos y acorde con la normativa vigente de AFIP.

No conozco ningún profesional que pueda formular mi proyecto. ¿Dónde puedo encontrar uno?

Podrá consultar el listado de consultores del Programa Expertos PyME y acceder a sus perfiles profesionales.

¿Cuáles son los topes de facturación de un PSAT?

Se fijan los siguientes topes máximos de facturación para los PSAT sobre el valor del ANR aprobado a las empresas:

  1. Personas Jurídicas hasta la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($22.400.000) netos del Impuesto al Valor Agregado (en adelante IVA);
  2. Personas humanas y las sociedades no constituidas hasta la suma de PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS MIL ($11.200.000) netos del IVA.

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7. RUMP

¿Cómo acceder a la constancia de inscripción del RUMP?

Una vez completados todos los datos del trámite Inscripción en el RUMP, se emitirá la una Constancia de Notificación Electrónica con el número de legajo el cual es el número de inscripción al RUMP, por
ejemplo: RL-2021-0000001-APN-MDP.

¿Es obligatoria la inscripción en el RUMP?

La inscripción al RUMP es obligatoria para todos los actores del sector productivo que interactúan con la Secretaria de Industria del Ministerio de Economía ya que todos los trámites, programas y servicios tienen como requisito previo la inscripción al RUMP.

¿Qué costo tiene la inscripción?

La inscripción al RUMP no tiene ningún costo. Tampoco la actualización, renovación y baja del mismo.

¿Cuánto tiempo tardo en obtenerla?

El trámite de inscripción se realiza de manera virtual y una vez que se vayan completado toda la información solicitada se emite inmediatamente la Constancia de Notificación Electrónica con el número de legajo el cual es el número de inscripción al RUMP, por ejemplo: RL-2021-0000001-APN-MDP.

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8. Acceso a DNA2

¿Quiénes pueden cargar el Proyecto?

El proyecto debe ser cargado únicamente con el usuario de un referente de la empresa. No podrán ser cargados por usuarios de PSAT ni de formuladores.

¿Cuál es el link para cargar el Proyecto?

Ingresar al DNA2.

No tengo usuario ¿Qué debo hacer?

Debe ingresar en “¿No tenés una cuenta? - Registrate”. Tenga en cuenta que los usuarios deben ser únicamente generados por personas físicas.

No recuerdo mi contraseña en DNA2 ¿Qué debo hacer?

Debe ingresar en la opción “¿Olvidaste tu contraseña?”. Si no logró blanquear su clave con la opción que le brinda el Sistema, debe enviar un correo, desde una casilla de mail propia, a [email protected] indicando su número de DNI y cuál es el mensaje que le da la página.

El sistema indica "You are not a registered user or you've misstyped either the username or password" ¿Cómo sigo?

Esto sucede cuando ya tiene creado un usuario en DNA2. Debe enviar un correo, desde una casilla de mail propia, a [email protected] indicando su número de DNI, solicitando conocer su usuario.

Cuando se carga el proyecto, al intentar cargar el CUIT de la empresa, el sistema indica “Este C.U.I.T. ya se encuentra registrado en nuestras bases. Para completar este formulario haga click >>aquí<<”.

Deben presionar sobre el >>aquí<< para poder continuar con la carga. Si a pesar de pulsar sobre el >>aquí<< no puede continuar con la carga, debe enviar un mail, desde una casilla de mail del usuario que intenta realizar la carga, a [email protected] indicando cuál es el inconveniente para realizar la carga.

Cuando se carga el Proyecto, al intentar cargar el CUIT de la empresa el sistema indica "Este C.U.I.T se encuentra registrado por otro Usuario. No continúe la carga. Para modificar los datos debe ponerse en contacto el Usuario que realizó el alta, o solicitar al Programa que le trasladen los datos a su Usuario."

Deben enviar un mail a [email protected] adjuntando al mismo una nota membretada y firmada de puño y letra por una autoridad de la empresa, solicitando que el CUIT de la empresa (Indicando cuál es el CUIT de la empresa) quede vinculado al usuario que nos indiquen.

¿Cómo accedo a un instructivo para cargar un PDE en la Plataforma DNA2?

Ingresá acá, en el margen derecho vas a encontrar una zona de “Descargas”. Elegí el Instructivo.

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9. Carga del PDE

¿Cuál es el procedimiento de presentación de PDE?

  1. DNA2: Es condición que el PDE sea cargado en la plataforma DNA2. Recomendamos para facilitar la formulación y desarrollo del PDE, utilizar los simuladores como una herramienta guía y luego, para que puedan evaluar tu PDE, cargar la información en la plataforma.
  2. TAD: Una vez que obtengas la aprobación en DNA2 vas a cargar el PDE en TAD y así podrás obtener la aprobación.

¿Cuál es la función de la persona de contacto de la empresa?

Es la persona con la que el Programa mantendrá contacto en caso de necesitarlo. Deberá conocer los detalles y el avance del PDE.

Esta persona podrá formar parte de la nómina del personal, ocupar un puesto gerencial o formar parte del directorio de la empresa.

¿Cuáles son los datos del PDE que debo incluir en DNA2?

Se deberán incluir:

  • Detalle de actividades: incluyendo su cronograma de ejecución, tareas y productos verificables.
  • Cantidad de solicitudes de desembolso a realizar.

¿Qué son los productos verificables?

Son el testimonio de la ejecución de la Tarea, y la base sobre la que se sustenta la evaluación técnica de las Rendiciones, por tanto deben proponerse Productos Verificables completos, profesionales y de calidad. Es el total de los documentos que evidencian cada paso cumplido por el Consultor/Empresa en la concreción de la tarea.

Los Productos Verificables deben mostrar todo el proceso, deben probar cada uno de los pasos de la consultoría, de principio a fin. No bastará con el documento final obtenido por la concreción de la Tarea, deben incluir relevamientos de la situación desde la que se inicia la consultoría, diagnóstico, soluciones propuestas, minutas de reuniones, documentos generados durante la implementación, Fotos, Planos y los documentos finales obtenidos por la Tarea finalizada.

Deben ser documentos de calidad, que reflejan el profesionalismo del Consultor.

¿Cuál es el procedimiento de carga de documentación en DNA2?

Por cada documento podrá ingresar UN (1) archivo, deberá entonces generar un único archivo en el que se encuentren, por ejemplo, todos los presupuestos.

Al momento de la carga del archivo encontrará una leyenda con las condiciones que el documento específico debe cumplir, a modo de ayuda memoria y con el objeto de evitar observaciones que produzcan demoras en la aprobación.

¿Cuál es la documentación que debo adjuntar en DNA2?

  1. Carta Compromiso - conforme Anexo II
  2. Declaración Jurada firmada por representante legal - conforme Anexo III
  3. Borrador de Certificación Contable - conforme Anexo IV
  4. Certificado MIPYME;
  5. Constancia actualizada de la cuenta bancaria de titularidad de la empresa, acreditando el nombre de la entidad bancaria, sucursal, tipo, número de cuenta y número de C.B.U. (Clave Bancaria Uniforme);
  6. Anexo con preguntas específicas para el o los propósitos perseguidos en el PDE

Adicionalmente, deberá presentar:

  1. En caso de tratarse de Persona Humana: copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente, frente y dorso.
  2. En caso de tratarse de sociedades no constituidas según los tipos del Capítulo II de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificaciones (anteriormente denominadas Sociedades de Hecho): copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente, frente y dorso respecto de cada uno de los integrantes de la sociedad y del contrato social suscripto por los socios, conforme lo establecido por la citada Ley N° 19.550, certificado por Juez de Paz o Escribano Público y, en el caso de corresponder, legalizadas por el Tribunal o en el Colegio de Escribanos correspondiente.
  3. En caso de ser una Persona Jurídica: UN (1) borrador de la Primera Copia de la Escritura Pública, conforme el modelo aprobado como Anexo V de las presentes Bases y Condiciones, la cual deberá contener la acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual con indicación de la razón social, fecha de constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y sus modificaciones en los registros públicos correspondientes.

¿En qué consisten las Preguntas Específicas del Anexo VII?

Son preguntas relacionadas con cada propósito o proyecto integral que vas a tener que contestar según el PDE y propósito que vas a desarrollar. Las debes adjuntar como un documento en “Adjuntar Documentación respaldatoria” en el campo “Adjuntar Cuestionario con preguntas específicas”.

Estas preguntas forman parte de la documentación a evaluar por el equipo técnico para la aprobación del PDE.

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10. Aprobación

¿Qué significa que mi PDE fue aprobado?

Significa que el Comité de Evaluación de Proyecto aprobó el PDE, y el Programa realizará la comunicación de las condiciones de la aprobación expresadas en el acta, vía electrónica (Sistema DNA2).

¿Cómo es el proceso de aprobación PDE?

Es importante tener en cuenta que la aprobación no se produce por proyecto sino por lote, es decir que el Comité de Evaluación de Proyecto se reúne periódicamente y resuelve sobre todos los proyectos evaluados a ese momento.

¿Qué tengo que hacer una vez obtenida la aprobación?

Dentro de los DIEZ (10) días corridos posteriores a la notificación de la aprobación, la empresa deberá manifestar en forma expresa al Programa, por medio de DNA2, su conformidad respecto a las condiciones de aprobación. En caso de que la empresa no responda dentro del plazo indicado, el PDE se considerará aprobado en los términos y con los alcances resueltos por el Comité de Evaluación. Si la empresa rechazase la aprobación, el PDE será desestimado de pleno derecho y se dispondrá, sin más, el archivo de las actuaciones.

¿Es lo mismo que mi PDE sólo haya sido “aprobado” a que tenga la “ratificación de la aprobación”?

No, un PDE “aprobado” es aquel que ha llegado a la instancia de haber sido evaluado formal y técnicamente por el Programa a través de la plataforma DNA2 y ha recibido la aprobación del Comité de Evaluación de Proyecto.

Para obtener la “ratificación de la aprobación” la empresa deberá, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y dentro de los VEINTE (20) días de recibida la notificación de aprobación, completar el trámite presentando la documentación que establece el ARTÍCULO 19° de las Bases y Condiciones.

¿Cuál es la documentación que debo adjuntar en TAD?

  1. “Formulario de Presentación de Proyectos” aprobado por el Programa con toda la documentación de respaldo presentada y aprobada; este formulario también incluye: Carta Compromiso - conforme Anexo II y Declaración Jurada firmada por representante legal - conforme Anexo III. Toda la documentación de respaldo aprobada surgirá del Sistema DNA2;
  2. Certificación Contable - conforme Anexo IV;
  3. Certificado MIPYME;
  4. Constancia actualizada de la cuenta bancaria de titularidad de la empresa, acreditando el nombre de la entidad bancaria, sucursal, tipo, número de cuenta y número de C.B.U. (Clave Bancaria Uniforme);
  5. Constancia de AFIP vigente al momento de generar el expediente con la actividad por la cual postula la empresa inscripta;
  6. Adicionalmente, deberá presentar:
  • En caso de tratarse de Persona Humana: copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente, frente y dorso.
  • En caso de tratarse de sociedades no constituidas según los tipos del Capítulo II de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificaciones (anteriormente denominadas Sociedades de Hecho): copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente, frente y dorso respecto de cada uno de los integrantes de la sociedad y del contrato social suscripto por los socios, conforme lo establecido por la citada Ley N° 19.550, certificado por Juez de Paz o Escribano Público y, en el caso de corresponder, legalizadas por el Tribunal o en el Colegio de Escribanos correspondiente.
  • En caso de ser una Persona Jurídica: un/a escribano/a debe confeccionar la PRIMERA COPIA DE ESCRITURA PÚBLICA conforme al anexo V aprobado junto a las presentes bases y condiciones. La misma es un acta de constatación de existencia y vigencia actual de la persona jurídica que está presentando el proyecto. La misma deberá contener la acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, con indicación de la razón social, fecha de constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y sus modificaciones en los registros públicos correspondientes. Asimismo, deberá acreditar la personería de su/s representante/s legal/es o apoderado/s con mandato vigente inscriptas en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente a su jurisdicción, en un todo de acuerdo al artículo 60 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984.

¿Si soy persona física, monotributista o responsable inscripto, debo cargar la certificación contable?

Si. En el caso de los responsables inscriptos la evaluación del Proyecto demanda conocer la situación patrimonial, las ventas y si registra deudas exigibles. Si bien las personas humanas no presentan estados contables, los responsables inscriptos presentan DDJJs de IVA y/o Ingresos Brutos, Ganancias, etc.

En el caso de los monotributistas el profesional interviniente puede certificar si existen deudas impositivas y/o previsionales exigibles en el caso de ser empleador, sobre el impuesto ingresos brutos de corresponder, y detallar la facturación mensual si es que no se encuentra en posición de definir cuál es la situación patrimonial.
En ambos casos al no existir un libro de accionistas no se deberá manifestar sobre él.

¿Si tengo problemas con la plataforma TAD donde puedo realizar una consulta?

Sugerimos dirigirse al Centro de Ayuda TAD.

Este Programa PAC Empresas no administra ni tiene injerencia alguna en esa Plataforma de Trámites a Distancia.

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11. Ratificación de la aprobación

¿Cómo me notifican la ratificación de la aprobación de mi PDE?

Si el PDE obtuviese la ratificación de la aprobación por la Coordinación Responsable del Subcomponente, se notificará a la empresa via “Trámites a Distancia” (TAD) los términos de la ratificación de la aprobación dentro del plazo de DIEZ (10) corridos, reconociéndose de esta manera el inicio de la ejecución del PDE desde el momento de la aprobación.

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12. Ejecución

Inicio

¿Cuándo puedo iniciar con la ejecución del PDE?

Con la presentación del PDE a través de DNA2, la empresa podrá comenzar la ejecución de las actividades y gastos (formulación, acompañamiento, legalización, certificación) previstas en el PDE a su exclusiva cuenta y riesgo de la posterior ratificación de la aprobación de las mismas por parte del Programa. Si el PDE no contará con la ratificación de la aprobación, la empresa no tendrá derecho a reintegro alguno ni a efectuar reclamos de ninguna naturaleza.

Modificaciones

¿Se pueden realizar cambios a un PDE aprobado?

Los PDE aprobados sólo podrán ser modificados en casos excepcionales. La empresa podrá requerir modificaciones relativas a la ejecución, en tanto y en cuanto los cambios no alteren la esencia del PDE aprobado y se encuentren debidamente justificadas. En ningún caso la empresa podrá realizar modificaciones en la modalidad de desembolso, las actividades y las tareas sin contar con autorización previa por parte del Programa.

Los cambios aprobados serán incorporados al expediente por el Programa.

¿Qué tipo de cambios puedo realizar con respecto a las actividades?

Las empresas podrán posponer actividades o invertir el orden del Cronograma de Ejecución, siempre que la modificación solicitada hubiera sido presentada dentro del plazo de ejecución aprobado originalmente y cuente con la autorización correspondiente. La empresa deberá solicitar autorización al Programa para proceder a ejecutar las actividades conforme las modificaciones solicitadas a través de DNA2.

¿Puedo modificar la modalidad de desembolso?

Si. Las empresas podrán modificar la modalidad de desembolso pero siempre deberán realizar una modificación al proyecto a través de DNA2 y obtener la aprobación del cambio del Programa.

¿Puedo reemplazar un PSAT?

Las empresas podrán reemplazar los PSAT siempre que no se alteren las características técnico-profesionales de los mismos y se cumplan los requisitos de registro estipulados en la presente medida. Este cambio deberá ser autorizado por el Programa a fin de controlar los máximos permitidos para cada uno.

¿Puedo reemplazar proveedores de adquisiciones?

Si. Las empresas podrán reemplazar a los Proveedores de Bienes, siempre que no se alteren las prestaciones y/o funcionalidades técnicas de los mismos, se cumplan con los criterios de elegibilidad en términos de origen (Anexo I.IV) y con los requisitos de registro estipulados en la presente medida. Este cambio no requiere autorización del Programa y la empresa lo realiza a riesgo, siendo evaluado al momento de la rendición

¿Puedo reemplazar un bien por otro?

Si. Las empresas podrán reemplazar un bien por otro, siempre que no se alteren las prestaciones y/o funcionalidades técnicas de los mismos, se cumplan con los criterios de elegibilidad en términos de origen (Anexo I.IV) y con los requisitos de registro estipulados en la presente medida. Este cambio no requiere autorización del Programa y la empresa lo realiza a riesgo, siendo evaluado al momento de la rendición

¿Puedo solicitar una prórroga para responder una observación?

Si. Las empresas podrán solicitar prórroga para responder observaciones en cualquier instancia desde la presentación del PDE hasta la rendición del PDE antes del vencimiento del plazo. La misma no podrá solicitarse por un plazo mayor al original definido en las Bases y Condiciones en la instancia de que se trate.

En el caso de demoras en la ejecución de alguna actividad ¿Puedo solicitar una prórroga?

Si. La empresa deberá solicitar prórroga para ejecutar el PDE aprobado y/o para presentar la rendición del mismo, o de una etapa del mismo, antes del vencimiento del plazo. En cualquier caso, la prórroga no podrá solicitarse por un plazo mayor al original otorgado y quedará a consideración del Programa su aprobación.

¿Cuántas solicitudes de prórroga puedo realizar?

La empresa podrá solicitar un segundo pedido de prórroga, dentro de los plazos otorgados, y el Programa podrá otorgarla o no de acuerdo a la evaluación de la pertinencia del pedido.

¿Qué sucede si no cumplo con el plazo de prórroga otorgado?

En caso de vencida la prórroga sin haberse efectuado la subsanación o la ejecución del PDE, se tendrá por desistido el PDE.

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13. Rendición y desembolsos

¿Cómo debo calcular los plazos para rendir cada una de las actividades?

Puedo programar 1 o 2 etapas de rendición cumpliendo con los porcentajes que establecen las Bases y Condiciones.

Por ejemplo si programo 2 etapas, y la última actividad de la primer etapa finaliza en el mes 3 (considerando que el mes 1 es el primero y el mes 12 el último), para el cálculo de la fecha de finalización de la ejecución de la primera etapa debo contar 3 meses a partir de la fecha de ratificación de la aprobación del proyecto y el vencimiento de la rendición será VEINTE (20) días corridos posteriores a la finalización de la ejecución de dicha etapa.

Entonces, suponiendo que la fecha de ratificación de la aprobación del proyecto es el 12/06/2023 la finalización de la ejecución de la etapa se producirá el 12/09/2023 y el vencimiento 02/10/2023. Del mismo modo debo calcular el plazo de ejecución de la segunda etapa y su consecuente vencimiento.

Modalidad de desembolso Anticipo:

¿Qué porcentaje del total del ANR puedo solicitar como anticipo?

El anticipo no podrá superar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total del ANR de PDE y deberá corresponder a las actividades de la primera etapa del PDE según cronograma presentado.

En el caso de solicitar anticipo ¿Cómo es el desembolso del saldo ANR?

La empresa recibirá el saldo restante del ANR como un reintegro, es decir deberá rendir la/s actividad/es restante mediante la modalidad de reintegro y luego de recibir la aprobación se emitirá el desembolso que se abonará mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria informada por la empresa. El plazo máximo para presentar dicha rendición de cuentas, al igual que la rendición del anticipo, es de VEINTE (20) días corridos posteriores a la finalización de la segunda etapa según Cronograma de Ejecución del PDE aprobado.

¿Qué sucede si vence la primera rendición del proyecto y todavía no me desembolsaron el anticipo?

La ejecución del proyecto no estará condicionada por el desembolso del anticipo, por lo tanto la empresa deberá realizar dicha rendición si la hubiera financiado con fondos propios o solicitar una prórroga antes del vencimiento de dicha rendición.

¿En qué caso se puede autorizar un anticipo del 100% del ANR?

El Programa podrá autorizar un único anticipo por el CIEN POR CIENTO (100%) del ANR aprobado, si el monto total del ANR es menor a PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000).

¿Cuál es el monto por el que debo constituir el Seguro de Caución a favor del Programa?

El monto deberá ser el mismo que el correspondiente al anticipo solicitado. En el caso de anticipo único será sobre el CIEN POR CIENTO (100%) del ANR aprobado. En caso de integrado por el ANR de las actividades de la primera etapa, dicho monto no podrá superar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total del ANR de PDE.

¿Cuándo debo constituir el Seguro de Caución a favor del Programa?

Dentro de los VEINTE (20) días corridos de recibir la aprobación definitiva de PDE y hasta la extinción de las obligaciones del tomador. La empresa deberá presentar la póliza en el expediente electrónico a través de TAD.

¿Cuándo debo rendir el anticipo?

Finalizada la ejecución de la primera etapa deberán rendir el importe correspondiente al anticipo desembolsado.

¿Qué pasa si no aprueban la rendición del anticipo?

En caso de que la Coordinación Responsable del Subcomponente no apruebe la rendición, la empresa deberá devolver el dinero anticipado a la cuenta del Programa; caso contrario, se podrá ejecutar la caución

¿Cómo se cancela la póliza del Seguro de Caución?

En caso de recibir la aprobación de la rendición del anticipo (primera etapa), serán notificadas mediante la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) y el Programa arbitrará los medios necesarios para devolver a la empresa la póliza de caución correspondiente.

¿Cómo desembolsa el Programa el resto del ANR del PDE que no integra el anticipo?

El saldo de PDE que no forme parte del anticipo deberá rendirse en la segunda etapa mediante la modalidad de reintegro. El desembolso del ANR correspondiente a las actividades de esta etapa se efectuará por reintegro una vez finalizada la ejecución de la misma y luego de efectuada y aprobada la rendición correspondiente. El desembolso aprobado se abonará mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria informada por la empresa.

Modalidad de desembolso Reintegro

¿Cuántas rendiciones tengo que presentar?

Las empresas que hayan optado por la modalidad de desembolso reintegro podrán presentar hasta DOS (2) rendiciones con el objeto de recibir los correspondientes reembolsos, no pudiendo exceder la primera rendición el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del ANR total aprobado.

¿Cuál es el plazo que tengo para presentar la rendición de cada etapa?

En todos los casos, el plazo máximo para presentar la rendición de cuentas es de VEINTE (20) días corridos posteriores a la finalización de cada etapa del Cronograma de Ejecución del PDE aprobado

¿Cuándo debo presentar la rendición si opté por realizar una única rendición?

Podrán presentar la rendición al finalizar la ejecución completa del PDE.

¿Hasta qué fecha se puede aplicar en el Programa?

Hasta el xx de xx 2023.

¿Dónde encuentro los Anexos e instructivos de PAC?

Ingresando acá.

Si tengo una duda, ¿dónde puede consultar?

Para resolver dudas y consultas podes comunicarte al 0800-333-7963, ingresar y acceder al Centro de Ayuda PyME o enviarnos un correo a [email protected].

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