Es el trámite que se realiza para solicitar la eximición del “Turno Obligatorio” de una farmacia, la cual fuera acordada en su habilitación por Artículo 9º de la Resolución Secretarial 192/1998.
Importante:
Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes.
¿A quién está dirigido?
El titular o apoderado.
¿Qué necesito?
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Completar formulario de solicitud online en TAD.
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Disposición de Habilitación del Establecimiento.
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Nota indicando el nombre de la farmacia, ubicada a menos de 1000 m., que cumple turnos voluntarios de 24 horas los 365 días del año, y firmada por el Director Técnico de la Farmacia solicitante.
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Disposición de alta del Director Técnico actual
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Atento que por Resolución de este Ministerio de Salud N° 1938/2025 este trámite es gratuito, se modificará el proceso del trámite en el TAD.
Hasta que se modifique en dicha plataforma, donde figura el ítem "Comprobante de pago”, se solicita subir en su lugar una foto de una nota en puño y letra donde se indique: "El trámite es no arancelado de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 1938/2025" -
Clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.
¿Cómo hago?
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Ingresá al TAD, con clave fiscal y número de CUIT.
Por consultas, comunicate a:
- Correo electrónico: [email protected]
- teléfono: 011 4379-9000 int. 4668, lunes a viernes de 10 a 13 horas.
¿Cuál es el costo?
Gratuito