Es el trámite por el cual se habilita un establecimiento farmacéutico.
Importante:
Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes.
¿A quién está dirigido?
Al titular del establecimiento o apoderado.
¿Qué necesito?
Completar formulario de solicitud online en TAD y/o Nota de presentación en conformidad de aceptación de Cargo firmada conjuntamente (TAD) por el Presentante y el Director Técnico ingresante o en su defecto certificar por Banco o Escribano.
Título de propiedad, contrato de locación o comodato (según el titular sea propietario, locatario o comodatario del inmueble), con firmas certificadas por escribano público de las partes intervinientes. En el caso del contrato de comodato, adjuntar título de propiedad. Tanto el contrato de alquiler como el contrato de comodato, tienen que especificar en sus respectivas cláusulas el destino y el plazo del mismo.
Plano del establecimiento con carátula del Ministerio de Salud de la Nación y las siguientes características:
a) Escala 1:100
b) Detalle de los ambientes
c) Medida de los ambientes (Lineales y de superficie). Fima y sello del profesional y apoderado.
Disposición de Habilitación definitiva o provisoria otorgada por GCABA ( Lectura de Código QR)
Certificado de Libre Regencia del Profesional Farmacéutico, solicitado ante el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
Si el Establecimiento se encuentra en una propiedad sometida al régimen de propiedad horizontal, se debe adjuntar reglamento de copropiedad indicando destino del Inmueble, correspondiente al establecimiento habilitado.
Requerimientos de Planta Física:
- 35 m2 atención al público
- 15 m2 alopático (Depósito y/o oficina conforme a resolución 2070/2014)
- Acorde Resolución N° 192/1998
En el caso de personas jurídicas, adjuntar:
a) Estatuto Social, debidamente inscripto en IGJ, autenticada por Escribano Público, en el que se indique el objeto.
b) Acta de Directorio que designa al Director Técnico autenticada por Escribano Público
Clave fiscal nivel 2 o superior de AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.
Comprobante de pago.
Verificar Normativas que se encuentran en trámites relacionados
¿Cómo hago?
Ingresá al TAD, trámite "Habilitación de establecimiento farmacéutico", con clave fiscal y número de CUIT.
La constancia de trámite iniciado no es habilitante para funcionar.
Por consultas, comunicate por:
- correo electrónico: [email protected]
- teléfono: 011 4379-9000 int. 4668, lunes a viernes de 10 a 13 horas.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
Los plazos y el estado de tu trámite te serán informados a través de tu correo electrónico.
¿Cuál es el costo?
$225000.00
El pago debe efectuarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:
CBU 0110599520000002619804
Banco de la Nación Argentina
Nro. Cuenta: 0000261980
Sucursal: Plaza de Mayo
CUIT: 30546663422
La misma debe ser llevada a cabo solamente en Entidades Físicas. No se aceptarán pagos efectuados en Entidades Virtuales (como, por ejemplo, Mercado Pago, Brubank, Ualá, y similares).
Sujetos exentos de pago: Se encuentran exentos del pago del arancel los Establecimientos Sanitarios Públicos Nacionales, de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y de las Universidades Nacionales - RESOL-2019-463-APN-SGS#MSYDS art 2°
Información complementaria
Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes
Resolución Secretarial N° 192/1998
Resolución N° 1793/2014
Resolución Ministerial N° 2070/2014