Presidencia de la Nación

Barrios Populares

La Secretaría de Integración Socio-Urbana busca intervenir de manera multidimensional para la integración de los barrios, en articulación con provincias y municipios.

Se considera Barrio Popular a los barrios vulnerables en los que viven al menos 8 familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de la población no cuenta con título de propiedad del suelo ni acceso regular a dos, o más, de los servicios básicos (red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario y/o red cloacal).

Actualmente, el registro está compuesto por 4.416, distribuidos en todo el territorio nacional, pero con mayor concentración en la Provincia de Buenos Aires.


Consultá si vivís en un Barrio Popular

La Ley 27.453, sancionada por unanimidad en ambas cámaras, declara de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles comprendidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) creado por el Decreto 358/17, suspende los desalojos en los barrios por un período de cuatro años, y habilita la creación de un Régimen Especial de Regularización Dominial para titular las tierras en favor de los vecinos. Además, crea un Programa de Integración Socio-Urbana (PISU) que busca intervenir de manera multidimensional para la integración de los barrios, en articulación con provincias y municipios, y establece la constitución de un Fideicomiso para su financiamiento.

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