COVID-19 - Empleadores actividades de salud
Se exime del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud
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Contribuciones patronales
Hasta el 30 de junio de 2022 se exime del pago de las contribuciones patronales a los empleadores pertenecientes a los siguientes servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud:
- Obras sociales y servicios del seguro de salud (incluye medicina prepaga y mutuales de salud)
- Servicios de hospitales
- Servicios de atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos
- Servicios de prácticas de diagnóstico y tratamiento; servicios integrados de consulta, diagnóstico y tratamiento
- Servicios de emergencias y traslados
- Servicios relacionados con la salud humana n.c.p
- Servicios sociales con alojamiento
- Servicios sociales sin alojamiento
- Servicios de asociaciones n.c.p
Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias
Hasta el 30 de junio de 2022, los empleadores de establecimientos e instituciones relacionadas con la salud deberán pagar en concepto de impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias el 2,50‰ (dos con cincuenta por mil) para los créditos y débitos en cuenta corriente y el 5‰ (cinco por mil) para las restantes operaciones incluidas en el primer párrafo del art. 7° del decreto 380/2001.
Texto completo de la norma
Normas complementarias
Decreto 545/2020
Decreto 695/2020
Decreto 953/2020
Decreto 1052/2020
Decreto 34/2021
Decreto 242/2021
Decreto 903/2021