La solicitud de renovación debe presentarse a partir de los seis (6) meses previos al vencimiento de la marca. También podés gestionarla hasta seis (6) meses luego del vencimiento, pero en este caso abonando un arancel extra por renovación en período de gracia.
¿A quién está dirigido?
A los titulares de la marca o legítimos sucesores, apoderados o agentes de la propiedad industrial matriculados y gestores autorizados.
Recordá que hay dos declaraciones juradas distintas:
- Una marca puede ser renovada solo si fue utilizada durante los últimos cinco (5) años. Para validarlo, es necesario que hagas una declaración jurada de uso de los cinco (5) años previos a su vencimiento que se completa dentro del - mismo formulario de solicitud de renovación en el portal.
- La declaración jurada de medio término se debe realizar a los primeros cinco (5) años desde la fecha en que la marca fue concedida. Mirá el instructivo.
- El trámite de renovación tiene una duración aproximada de dieciséis (16) meses.
¿Qué necesito?
Clave fiscal nivel 2: tenés que vincular el servicio del INPI en tu cuenta de AFIP para registrarte en el portal. Mirá el instructivo.
Transmisión de los derechos marcarios como transferencia, en caso de que el titular haya fallecido.
Para apoderados: comprender que los datos en la solicitud de marcas tienen carácter de declaración jurada. El INPI tiene la facultad de requerir, de considerarlo, constancia del poder.
Personas jurídicas: declaración jurada sobre las facultades del firmante detallando instrumentos societarios, con datos de inscripción y expresión de que poseen facultades para realizar el acto de renovación.
Declaración jurada (DDJJ) de uso, manifestando que la marca fue utilizada dentro de los cinco (5) años previos al vencimiento en estas instancias:
- la comercialización del producto;
- la prestación del servicio;
- como parte de la designación de una actividad.
La DDJJ de uso de marca se completa dentro del formulario de observación. Es importante que lo hagas detenidamente para evitar errores y posibles vistas administrativas.
¿Cómo hago?
Antes de iniciar el trámite, te aconsejamos mirar el paso a paso en el instructivo.
Ingresá al portal web, sección MARCAS / TRÁMITES / RENOVACIÓN.
Completá el formulario.
Firmá el trámite.
Aboná el arancel correspondiente.
A las veinticuatro (24) horas podrás acceder a tu menú y ver el nuevo número de acta asignado a tu solicitud.
Tené en cuenta
- Las notificaciones se realizan a través de los boletines electrónicos publicados los días miércoles en el portal web. También se cursan avisos por correo electrónico de ciertos sucesos importantes (publicación en boletín, vista, concesión, etcétera).
- Es recomendable que regularmente hagas un seguimiento de tu trámite a través del portal utilizando el nuevo número de acta asignado.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 16 meses
¿Cuál es el costo del trámite?
Consultá los aranceles vigentes a partir del 1° de diciembre de 2023.
Vigencia
10 años
Es renovable indefinidamente por períodos iguales, siempre que la marca se hubiera utilizado en los últimos cinco años para el producto o servicio correspondiente, y el trámite de renovación se realice antes de su vencimiento.
Si tenés alguna consulta, escribinos a [email protected].