Presidencia de la Nación

Preguntas Frecuentes del Programa para el Apoyo Urgente y la Asistencia Integral Inmediata ante casos de Violencias Extremas por Motivos de Género


Accedé a la información que necesitás sobre este programa destinado a asistir de manera integral a familiares o personas cercanas a víctimas de violencias extremas por motivos de género.

Preguntas frecuentes

¿De qué se trata?
¿A quién/es está dirigido?
¿En qué consiste el apoyo económico?
¿En qué consiste el asesoramiento legal?
¿Qué sucede si se necesita traslado y movilidad de forma inmediata?
¿En qué consiste la Asistencia en la tramitación de la reparación económica para niños, niñas y adolescentes prevista en la Ley N° 27.452?
¿Cuál es el plazo para solicitar el apoyo económico?
¿Cómo se inicia el trámite para acceder al programa?
¿Qué documentación se necesita para solicitar el ingreso al programa?
¿Dónde puedo acceder a más información?

¿De qué se trata?

Este programa establece la asistencia integral a aquellas personas del grupo familiar o allegadxs de víctimas de este tipo de hechos. La asistencia consiste en apoyo económico, asistencia psicológica, asesoramiento legal, articulación para traslados y asesoramiento en la tramitación de la reparación establecida en la Ley N° 27.452.
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¿A quién/es está dirigido?

Son destinatarias del Programa aquellas personas del grupo familiar y/o allegadxs de las víctimas de violencias extremas por motivos de género. Se consideran comprendidas dentro del grupo familiar o como allegadxs de las víctimas de violencias extremas por motivos de género, a aquellas personas unidas a ella por vínculos de parentesco o socio-afectivos. La percepción del apoyo económico está destinada a aquellas personas mayores de 16 años, argentinas o residentes permanentes o temporarias -de conformidad con lo establecido por los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 25.871 de Migraciones-, que formen parte del grupo familiar y/o allegadxs de las víctimas de casos de violencias extremas por motivos de género.
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¿En qué consiste el apoyo económico?

Este apoyo económico es no reintegrable, no remunerativo y está destinado a cubrir gastos de movilidad, traslados, alojamiento, alimentación, médicos, de sepelio, fotocopias de documentación y/o trámites, u otros gastos inherentes al fallecimiento, que se otorgará por única vez. El monto de esta ayuda económica es de 4 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM).
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¿En qué consiste el asesoramiento legal?

El asesoramiento legal consiste en la orientación a las personas integrantes del grupo familiar y/o allegadxs del círculo de confianza ante instancias judiciales o administrativas competentes, con el objetivo de facilitar el acceso a la justicia, a través de nuestros equipos o a través de la articulación con otros organismos del Estado.
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¿Qué sucede si se necesita traslado y movilidad de forma inmediata?

El programa contempla la cobertura de los traslados y/o movilidad vinculados con el hecho de violencia extrema por motivos de género, en la medida que se requiera inmediatamente, en articulación con otros organismos públicos o empresas de transporte, para las personas integrantes del grupo familiar y/o allegadas.
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¿En qué consiste la Asistencia en la tramitación de la reparación económica para niñxs y adolescentes prevista en la Ley N° 27.452?

Este programa brinda asistencia en la tramitación de la reparación económica prevista por la Ley N° 27.452, que establece que lxs hijxs de mujeres víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género deben ser protegidxs para crecer en un ambiente sano y libre de violencias. Por eso, tienen derecho a recibir una reparación económica mensual, acceder a una cobertura integral de salud y ser acompañadxs de manera integral durante su crianza.
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¿Cuál es el plazo para solicitar el apoyo económico?

La solicitud del apoyo económico se deberá realizarse dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles siguientes al hecho.
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¿Cómo se inicia el trámite para acceder al programa?

Las solicitudes de ingreso al programa serán recepcionadas en el correo electrónico apoyourgente@mingeneros.gob.ar
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¿Qué documentación se necesita para solicitar el ingreso al programa?

Será necesario completar el Formulario de Solicitud de Ingreso al Programa y, en caso que corresponda, la Declaración Jurada para la Acreditación en Cuenta Bancaria.
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¿Dónde puedo acceder a más información?

Podés escribirnos a apoyourgente@mingeneros.gob.ar o en la página principal.
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