Presidencia de la Nación

Certificación Ley Micaela para organismos con GDE


Pasos previos

Las máximas autoridades de los organismos/jurisdicciones que posean el sistema de Gestión de Documentación Electrónica (GDE) deberán dirigir una nota, donde se informe:

a. El área, programa u oficina de género que implementará la capacitación.
b. Nombres, apellidos y usuarios del sistema de GDE de las personas responsables de las áreas así como también los buzones grupales de GDE de las áreas.
c. Si el programa a certificar involucra varios organismos que dependen de una misma jurisdicción es necesario que estén detallados y que se indique las personas responsables y los datos referidos en el punto b.

Dirigido a:
- La Subsecretaría de Formación, Investigación y Políticas Culturales para la Igualdad del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (SSFIYPCI-MMGYD).
- La Directora Nacional de Formación y Capacitación en Género y Diversidad (DNFCGyD) con copia a la Directora de Capacitación del Sector Público en Género y Diversidad (DCSPGyD).

Inicio del circuito administrativo con GDE

El organismo/jurisdicción deberá iniciar un expediente electrónico bajo el código de trámite GENE00409 - Gestión de Capacitaciones en el cual deberá vincular:
- Nota donde se indica el área encargada de la implementación de la capacitación dispuesta por la Ley Micaela.
- Programa de Capacitación en Ley Micaela (modelo disponible acá).
- Plan de Trabajo (modelo disponible acá).
- Providencia donde se detalle la documentación remitida, firmada por la persona a cargo del área indicada como responsable de la implementación de la capacitación.

Una vez incorporados estos documentos al expediente electrónico, la jurisdicción u organismo lo enviará al buzón grupal de la DCSPGyD (DCSPGYD#MMGYD-PVD), especificando en la providencia de pase que se remite para el inicio del procedimiento de certificación.

Finalización del proceso de certificación

La Subsecretaría de Formación, Investigación y Políticas Culturales para la Igualdad (SSFIyPCI) remitirá el expediente a la DCSPGYD y ratificará la certificación siempre y cuando se cumplan los requisitos detallados.

Como último paso, la DCSPGYD solicitará mediante Providencia a Mesa de Entradas que notifique a la jurisdicción el resultado del procedimiento.

Emisión de certificados

En caso que los organismos/jurisdicciones decidan otorgar certificados de aprobación, en el texto del mismo debe constar que el Programa fue certificado por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad en la fecha que corresponda, así como el número de Expediente Electrónico por el que tramitó.

Pedido de prórroga

Los organismos/ jurisdicciones podrán solicitar 1 (un) año de prórroga a fin de cumplir lo establecido en el Plan de Trabajo, fundada en cuestiones objetivas:
- Tamaño de la planta a capacitar.
- La extensión territorial del personal a su cargo.

Solicitud

El organismo/jurisdicción que utilice sistema GDE deberá enviar el expediente por el cual se tramitó la certificación mediante Providencia dirigida a la DCSPGyD en donde se detallen las razones por las cuales se solicita, firmada por la persona responsable del área de enlace.

Informes de avance

Cada 12 meses, el organismo/jurisdicción deberá presentar informe sobre resultados con la siguiente información:
- Detalle de organismos/áreas que incluye.
- Nombre del Programa.
- Cantidad total de agentes del organismo al momento de emitir el informe, desagregada por género.
- Cantidad y porcentaje de agentes inscriptos en las capacitaciones desagregadas por género.
- Cantidad y porcentaje de inscriptos que aprobaron desagregadas por género.
- Cantidad y porcentaje de inscriptos que llegaron a la terminalidad pero no aprobaron desagregada por género.

El organismo/jurisdicción que utilice GDE remitirá el expediente electrónico al buzón la DCSPGyD (DCSPGYD#MMGYD-PVD) por el cual se tramitó la certificación del programa.

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