Presidencia de la Nación

Hijos de Veteranos de Guerra de Malvinas – Ley N° 23.490 «Estudio Islas Malvinas y del Atlántico Sur»


Para los hijos y las hijas de civiles y militares fallecidos en acción así como de quienes sufrieran incapacidades permanentes del 66% o más como consecuencia de heridas, accidentes o enfermedades psicofísicas derivadas de dicho conflicto, hasta los 27 años de edad.

¿Cómo solicito la beca para la escolaridad de hijos de Veteranos de Guerra de Malvinas?

Para solicitar la beca se requiere presentar la siguiente documentación:

  1. Certificado de Veterano de Guerra original
  2. Dictamen original de la junta de reconocimientos médicos que acredite el 66% de incapacidad o más como consecuencia del conflicto legalizada por la Fuerza en la que prestó servicios.
  3. Fotocopia legalizada del DNI del veterano de guerra.
  4. Fotocopia legalizada de la partida de nacimiento del hijo o hija del veterano de guerra y fotocopia legalizada del DNI del alumno o alumna.

Si la documentación presentada cumple con la normativa vigente, se le brinda al interesado el formulario de postulación correspondiente del ciclo lectivo vigente.

Para acceder por primera vez descargá este formulario
Para quienes renueven el beneficio, descargar este formulario

Por consultas dirigirse a:
Av. Santa Fe 1548 8° frente, C.P.: 1060
011 – 4129-1916
e-mail: [email protected]

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