Presidencia de la Nación

Objetivos


  1. Generar espacios de articulación que promuevan el diálogo entre actores del sector público nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también con el sector privado y el tercer sector, para analizar las necesidades productivas, así como identificar los requerimientos de los proyectos industriales estratégicos.

  2. Asistir a la Secretaría en la articulación de las políticas públicas con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el objeto de dar respuesta a las necesidades de naturaleza productiva que surjan en el territorio.

  3. Dirigir la elaboración y administración de programas y proyectos para la mejora de los regímenes de promoción industrial, en los sectores tradicionales y no tradicionales, y la expansión del desarrollo de la industria sostenible.

  4. Entender en el desarrollo en los programas bajo su órbita vinculados a la competitividad industrial.

  5. Asistir a la Secretaría en la aplicación del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, Ley Nº 27.263; del Régimen de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y su cadena de valor, Ley Nº 27.686; del Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital creado por el Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones, del Régimen de Aduana en Factoría, Decreto N° 688/02; en el Régimen de Importación de Vehículos Incompletos, Totalmente Desarmados, a los efectos de su ensamble con la incorporación de autopartes locales en la REPÚBLICA ARGENTINA, Decreto N° 310/23 y del Régimen de Devolución Saldo Técnico de IVA Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 17/18.

  6. Identificar tendencias y cambios en la industria a nivel mundial para anticipar oportunidades y desafíos para la industria nacional, y elaborar informes con propuestas para ser elevados a la autoridad.

  7. Entender en la elaboración de estudios y análisis que sirvan de insumo para la planificación y diseño de las políticas de desarrollo productivo nacional y definir indicadores de seguimiento para la evaluación de impacto.

  8. Intervenir en el marco de las políticas de fomento al desarrollo del sector automotriz y autopartista, en las nuevas modalidades de movilidad sustentable, electromovilidad, sistemas híbridos y otras tecnologías sostenibles.

  9. Participar en las negociaciones con la Unión Europea (UE) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en las temáticas de su competencia en todo lo referido a la Ley
    N° 27.437 y sus complementarias, en las cuestiones remanentes o pendientes de conclusión.

  10. Establecer los sectores productivos estratégicos de la economía nacional, en coordinación con otras áreas de competencia en la materia, para identificar oportunidades de crecimiento y de inversión.

  11. Coordinar e implementar, en el ámbito de su competencia, las políticas de desarrollo del sector industrial y el fortalecimiento de cadenas de valor manufactureras.

  12. Intervenir en todo lo referido a la Ley N° 27.437 y sus complementarias, en las cuestiones remanentes o pendientes de conclusión.

  13. Estimular, en el ámbito de su competencia, el desarrollo integral de las economías regionales y los nodos productivos para fortalecer la interconexión y la competitividad.

  14. Asistir a la Secretaría en la formulación de políticas que estimulen prácticas de calidad y certificaciones en la industria para promover el agregado de valor y posicionar los productos nacionales en mercados globales.

  15. Coordinar e implementar el Programa Nacional de Fortalecimiento de la Calidad, creado por la Resolución N° 815/21 de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA.

  16. Promover el desarrollo de la competitividad de las industrias y su inserción internacional, así como desarrollar estrategias que promuevan la sostenibilidad en la industria y la adopción de prácticas ambientalmente sustentables.

  17. Promover el desarrollo de parques, agrupamientos y polígonos industriales tendientes a fortalecer el entramado productivo y generar economías de aglomeración.

  18. Asistir a la Secretaría en la administración del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, creado por el Decreto N° 716/20, sus modificaciones y
    normas complementarias.

  19. Coordinar con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), la elaboración de políticas relacionadas a innovación, diseño, manufactura avanzada, calidad, actualización y transferencia tecnológica, ensayos, certificaciones, prototipos y plantas piloto, eficiencia energética, entre otros.

  20. Coordinar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, el desarrollo de proyectos de investigación aplicada en colaboración con
    instituciones de investigación y desarrollo, académicas y del sector privado para impulsar la innovación industrial y la adopción de tecnología.

  21. Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 - Industria- (SGT N° 7) y cuando corresponda, en otros ámbitos del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

  22. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de su competencia.

Objetivos de acuerdo con el Decreto 293/2024

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