Dado que existían varios recursos y causas que tramitaban ante distintos fueros, se produjo un conflicto de competencia que tuvo que ser resuelto por la CSJN, en su calidad de tribunal superior jerárquico, quien sostuvo que la sentencia de Cámara era de naturaleza definitiva y, al haber consentido todas las partes legitimadas dicho pronunciamiento, aceptaron su competencia material, verificándose así una situación de "perpetuatio jurisdictionis". Tal principio extiende razonablemente esa competencia para conocer en todos los recursos promovidos en el procedimiento administrativo previo a aquella decisión final contra resoluciones no definitivas dictadas por la CNDC. |
|