Organigrama, Función y Objetivos
Organigrama
Función y Objetivos
La Autoridad Nacional de la Competencia es un organismo descentralizado y autárquico actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Dentro de la Autoridad Nacional de la Competencia, funcionarán el Tribunal de Defensa de la Competencia, la Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas y la Secretaría de Concentraciones Económicas.
Su objetivo es la protección del interés económico general para el bienestar de los consumidores. La competencia efectiva entre las empresas del mercado garantiza la calidad e innovación de bienes y servicios, al menor precio posible, para generar una estructura de mercado eficiente.
Son funciones y facultades del Tribunal de Defensa de la Competencia:
- Imponer las sanciones, así como también otorgar el beneficio de exención y/o reducción de dichas sanciones.
- Resolver sobre las imputaciones que pudieren corresponder como conclusión del sumario.
- Admitir o denegar la prueba ofrecida por las partes en el momento procesal oportuno;
- Realizar los estudios e investigaciones de mercado que considere pertinentes. Para ello podrá requerir a los particulares y autoridades nacionales, provinciales o municipales, y a las asociaciones de defensa de los consumidores y de los usuarios, la documentación y colaboración que juzgue necesarias;
- Promover el estudio y la investigación en materia de competencia;
- Cuando lo considere pertinente, emitir opinión en materia de libre competencia respecto de leyes, reglamentos, circulares y actos administrativos, sin que tales opiniones tengan efecto vinculante;
- Emitir recomendaciones pro-competitivas de carácter general o sectorial respecto a las modalidades de la competencia en los mercados;
- Actuar con las dependencias competentes en la negociación de tratados, acuerdos o convenios internacionales en materia de regulación de políticas de competencia y libre concurrencia;
- Elaborar su reglamento interno;
- Promover e instar acciones ante la Justicia, para lo cual designará representante legal a tal efecto;
- Suspender los plazos procesales de la presente ley por resolución fundada;
- Suscribir convenios con organismos provinciales, municipales o con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la habilitación de oficinas receptoras de denuncias en dichas jurisdicciones;
- Propiciar soluciones consensuadas entre las partes;
- Suscribir convenios con asociaciones de usuarios y consumidores para la promoción de la participación de las asociaciones de la comunidad en la defensa de la competencia y la transparencia de los mercados;
- Formular anualmente el proyecto de presupuesto para la Autoridad Nacional de la Competencia y elevarlo al Poder Ejecutivo nacional;
- Desarrollar cualquier otro acto que fuera necesario para la prosecución e instrucción de las actuaciones, incluyendo la convocatoria de audiencias públicas y dar intervención a terceros como parte coadyuvante en los procedimientos;
- Crear, administrar y actualizar el Registro Nacional de Defensa de la Competencia, en el que deberán inscribirse las operaciones de concentración económica y las resoluciones definitivas dictadas. El Registro será público;