Presidencia de la Nación

Asistencia a víctimas de delitos

El Centro de Asistencia a las Víctimas de Delitos (CENAVID) brinda asesoramiento jurídico, psicológico y social a las víctimas de delitos para garantizar que se respeten sus derechos.

Llamanos al 149

Si fuiste víctima de un delito o sos familiar de alguien que lo fue, llamá al 149 las 24 horas, los 365 días del año.

Atención gratuita las 24 hs en todo el país
Comunicate con la línea 149, de manera gratuita, desde cualquier parte del país, las 24 horas durante todo el año.

Acceso a los servicios de salud
Garantizamos tu derecho al acceso adecuado al servicio de salud.

Asesoramiento jurídico
Te asesoramos en relación a tus derechos

¿A quién asiste el CENAVID?

A las víctimas de delitos de competencia federal y también puede asistir a las de delitos de competencia de ordinaria, generando y garantizando articulaciones institucionales con organismos locales y cercanos a las víctimas.

¿Qué ofrecemos?

Acceso a servicios de salud

Para que las víctimas de delitos reciban asistencia médica o psicológica si la necesitan.

Asesoramiento jurídico

Para que las víctimas de delitos conozcan y puedan ejercer todos sus derechos.

¿Cuáles son los derechos de las víctimas de delitos?

  • Ser escuchadas durante el proceso penal y cada vez que se decida sobre la libertad del condenado o imputado.
  • Examinar documentos y aportar información y pruebas.
  • Que se tomen las medidas urgentes para hacer cesar el delito y se les reciba inmediatamente la denuncia.
  • Recibir un trato digno y que se respete su intimidad.
  • Recibir información sobre sus derechos y sobre la situación del imputado e intervenir en el proceso como parte.
  • Poder pedir protección para su seguridad, la de sus familiares y testigos.
  • Recibir asistencia en forma especializada para lograr su recuperación psíquica, física y social.
  • Que el Estado solvente los gastos necesarios para ejercer sus derechos cuando carece de posibilidades económicas.

Conocé la Ley 27372

Informate

Patrocinio jurídico gratuito.

¿Dónde puede recibir patrocinio jurídico gratuito una persona víctima de un delito?

  • Si el delito es de competencia federal, el servicio de patrocinio jurídico gratuito debe ser dado por la Defensoría General de la Nación.

  • Si el delito es de competencia ordinaria, es decir que tramita en un juzgado o fiscalía de una provincia, el servicio de patrocinio jurídico gratuito debe ser dado por el organismo que determine la autoridad local.

  • Si la persona es víctima de un delito de competencia ordinaria de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el servicio de patrocinio jurídico gratuito debe ser garantizado por la Defensoría General de la Nación.

  • Si la persona es víctima de violencia de género, el servicio de patrocinio jurídico gratuito debe ser dado por el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género dependiente del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.





Decreto 421/2018, Ley de Derechos y Garantías de las personas víctimas de delitos, Reglamentación. Ley N° 27.372

Conocé el Decreto 421/2018

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