Presidencia de la Nación

Jubilaciones y pensiones


¿Cómo obtener mi jubilación?

Requisitos

  • Edad: 60 años para las mujeres* y 65 años para los hombres.
  • Servicios: 30 años.

Las mujeres poseen la opción de permanencia en servicios hasta los 65 años Art. 19 de la Ley Nº 24.241

Documentación necesaria

(Deberás presentarla ante la ANSES al momento de iniciar el trámite jubilatorio)

  • D.N.I. (Documento Nacional de Identidad) original.
  • Certificación de servicios.
  • Afectación de haberes.
  • Derivación de aportes de obra social.
  • Último recibo de haberes.
  • Certificado de matrimonio / convivencia.
  • D.N.I. de hijos menores de edad y/o con discapacidad.
  • Nombre y dirección del banco donde querés percibir tus haberes.

    Trámite

    Si contás con todos los requisitos para iniciar tu jubilación:

  1. La Dirección de Personal te enviará un aviso de intimación junto con la certificación de servicios y la documentación necesaria para iniciar tu trámite.

  2. En ese momento podrás optar por el Artículo 20 de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional (Nº 25.164) Esto te permitirá permanecer por un (1) año en actividad, desde el tomado de conocimiento, hasta la jubilación. En caso de no haber dado inicio al trámite, una vez finalizado este período, la Institución dispondrá el cese.

  3. Deberás sacar un turno en el ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social), ya sea para iniciar el trámite o realizar el reconocimiento del servicio en caso de que el trámite se haga a través del IPS (Instituto de Previsión Social de la Provincia).

  4. Comenzado el trámite, te recomendamos que realices un seguimiento virtual de su estado para llevar un mayor control sobre el mismo.

  5. Una vez que la jubilación sea favorable, deberás presentarte personalmente ante el ANSES para Registro Único del Beneficiario (RUB).

  6. Obtenida el alta de tu beneficio jubilatorio, y si contás con un mínimo de 20 años de antigüedad en la Administración Pública, podrás solicitar una compensación de cinco (5) sueldos no remunerativos.

Este beneficio está estipulado en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial Decreto 2539/15 y podrás solicitarlo a través de un acta presentada en la oficina de Personal de tu Destino.

Si no contaras con todos los requisitos al momento de cumplir con la edad estipulada, podrás acercarte a la oficina de Personal de tu Destino para dar comienzo al trámite, solicitando la documentación necesaria a la Dirección de Personal.

Personal docente

Requisitos

  • Edad: 57 años para las mujeres y 60 años para los hombres.
  • Servicios: 30 años de servicios docentes (reduciéndose esta cantidad a 25 años si se acreditara que 10 de ellos, continuos o discontinuos, han sido al frente de alumnos); no pudiendo la falta de servicios ser compensada con el exceso de edad.
  • Presentación: Cese en los cargos docentes de manera definitiva o condicionada a los alcances del Decreto Nº 8820/62 , o norma provincial de contenido similar.

Si deseás tramitar tu haber previsional por intermedio del ANSES y optás por presentar renuncia condicionada a los alcances del Decreto Nº 8820/62, es decir, continuar desempeñándote en tus funciones hasta el otorgamiento de la jubilación ordinaria, deberás:

  1. Iniciar los trámites jubilatorios dentro de los seis (6) meses. Caso contrario, se le dará derecho al empleador a disponer el cese en funciones (Decreto Nº 1.445/69).

  2. Enviar a la Dirección de Personal de la Armada, constancia de haber iniciado el trámite jubilatorio en ANSES antes del plazo mencionado.

  3. Peticionar la licencia por jubilación como mínimo un (1) mes antes de la iniciación de la misma.

  4. Solicitar mensualmente el estado de trámite y presentarlo ante la Oficina de Personal de tu Destino.

Cuenta gratuita previsional

Si sos jubilado y pensionado de ANSES, podés elegir cobrar tus haberes a través de una cuenta totalmente gratuita, en cualquier entidad bancaria.

La cuenta previsional no tiene ningún tipo de comisión ni gastos.

Además incluye una tarjeta de débito para utilizar en cualquier cajero automático del país, con extracciones libres (independientemente de la Red que utilicen).

Con esta tarjeta, podrás:

  • Realizar todo tipo de compras en comercios, pudiendo acceder a promociones, reintegros y descuentos especiales. Por cada compra realizada la entidad bancaria devolverá el 5% del IVA correspondiente a ese movimiento.
  • Efectuar el pago de impuestos, servicios y otros conceptos por canales electrónicos o mediante “débitos automáticos”.
  • Realizar transferencias de dinero por internet.

Beneficios:

Agiliza el cobro. Podrás decidir cobrar por cajero automático o por ventanilla, cuánto y cuándo dinero extraer. Sin límites y sin cargo.

La reposición de la tarjeta, ya sea por deterioro o desmagnetización, es gratuita y se solicita en la entidad bancaria donde se encuentra radicada la cuenta.

  • El control de supervivencia estará a cargo de cada entidad -
Importante

Si ya percibís tus haberes a través de una cuenta bancaria, no necesitás efectuar ningún trámite adicional para convertirla a “Cuenta previsional”, ya que las entidades están obligadas a realizar el cambio de manera automática.

Activar: 
0
Scroll hacia arriba